jueves, 25 de junio de 2009

La Paz, don de Dios e imperativo moral ( Madrid, 19 de febrero de 2003)

Nota Pastoral aprobada en la CXCI Reunión de la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal Española
1. La amenaza de guerra en Irak es causa de honda preocupación en todo el mundo y también en España. Muchos obispos se han pronunciado ya a este respecto en sus diócesis. Nosotros, en nombre de la Conferencia Episcopal Española, y en unión con el Santo Padre Juan Pablo II, deseamos decir también una palabra que ayude a iluminar la conciencia de los católicos españoles y que les sostenga en su oración ferviente y en su compromiso en favor de la paz.
2. Los peligros en que están hoy la paz y el bien común de la Humanidad son graves, como se pone de manifiesto en la dramática situación de Oriente Medio y de Tierra Santa, en los conflictos, entre otros, de África y de Hispanoamérica, y en el terrible azote del terrorismo. Estos grandes males deben ser evitados y combatidos por todos los medios lícitos, eliminando situaciones que los alimentan y les ofrecen cobertura.
3. «La cuestión de la paz no puede separarse de la cuestión de la dignidad y de los derechos humanos»{1}. No toda forma de paz es expresión de justicia y de orden. Siendo indiscutible la necesidad de mantener un orden internacional justo, que salvaguarde el «bien común universal»{2} y vele por el cumplimiento de los acuerdos firmados por los Estados, se ha de afirmar, como ha hecho el Papa Juan Pablo II, que «la guerra nunca es un medio como cualquier otro, al que se puede recurrir para solucionar las disputas entre las naciones»{3}. El servicio a la paz y al orden entre los pueblos exige que no se acuda a la destrucción y a la muerte que la guerra comporta, a no ser en situaciones en las que, de un modo probado, no exista ya ningún otro medio disponible y sea fundada la esperanza de no producir males mayores de los que se desea evitar{4}.
4. En el momento actual, hay que agotar todos los medios pacíficos para evitar la guerra y, en todo caso, respetar la legalidad internacional en el marco de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Nos unimos de todo corazón a las gestiones del Santo Padre en favor de la paz y deseamos que encuentren eco positivo entre los gobernantes de modo que, no desfallezcan en los nobles esfuerzos por mantener el bien común universal y sepan eliminar toda razón que pudiese justificar el uso de esa «solución extrema» que es la intervención armada. En palabras de Juan Pablo II: «El derecho internacional, el diálogo leal, la solidaridad entre los Estados, el ejercicio tan noble de la diplomacia, son los medios dignos del hombre y de las naciones para solucionar sus contiendas»{5}.
5. El recurso a la guerra es una de las decisiones políticas que, sin duda alguna, tiene que ver con principios morales ineludibles{6}. No podemos olvidar a este respecto lo que recientemente ha dicho Su Santidad el Papa Juan Pablo II: «Como recuerda la Carta de la Organización de las Naciones Unidas y el Derecho Internacional, [el recurso a la guerra] no puede adoptarse, aunque se trate de asegurar el bien común, si no es en casos extremos y bajo condiciones muy estrictas, sin descuidar las consecuencias para la población civil, durante y después de las operaciones»{7}.
6. La paz es posible; las guerras son evitables, pues no son ningún producto necesario del destino ciego, sino que tienen su raíz última en los pensamientos y las decisiones equivocadas de los hombres, que las incitan o las provocan. Ante la amenaza de la guerra, se pone de manifiesto la necesidad de la conversión del corazón para la promoción de una auténtica cultura de paz. La paz verdadera exige el respeto y el cultivo de la verdad, de la justicia, del amor y de la libertad, auténticos pilares de la paz, como recordaba el Beato Juan XXIII en la encíclica Pacem in terris hace cuarenta años{8}. La conversión implica, en último término, la vuelta de toda la persona a Dios, a Jesucristo. Él es nuestra paz (Ef 2, 14). Los creyentes nos abrimos a Él de modo particular por la oración. Rogamos, pues, de nuevo a todos que oren por el don supremo de la paz. La Eucaristía es el lugar privilegiado para el encuentro con Dios, en el que la Iglesia implora la paz para sí misma y para toda la familia humana. Pedimos al pueblo cristiano que participe asiduamente en su celebración. Con el Papa invitamos al rezo del Rosario, en este año especialmente dedicado a esta «oración orientada por su naturaleza hacia la paz», para que, interiorizando con María el misterio de Cristo, aprendamos «el secreto de la paz» y hagamos de él «un proyecto de vida»{9}, que con sus acciones genere compromisos en favor de la verdad y la justicia de las que brota la paz.

Notas
{1} Juan Pablo II, Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2003 (8.12.2002), 6; cf. Concilio Vaticano II, Constitución Gaudium et Spes (7.12.1965), 78; Catecismo de la Iglesia Católica (11.10.1992), 2302-2306.
{2} Juan XXIII, Carta Encíclica Mater et Magistra (15.5.1961), 71; Id., Carta Encíclica Pacem in terris (11.4.1963), 100; 103; 138; 140; 155; 167; cf. Juan Pablo II, Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2003 (8.12.2002), 5.
{3} Juan Pablo II, Discurso al cuerpo diplomático (13.1.2003), 4.
{4} Cf. Catecismo de la Iglesia Católica (11.10.1992), 2309.
{5} Juan Pablo II, Discurso al cuerpo diplomático (13.1.2003), 4.
{6} Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política (24.11.2002), 4.
{7} Juan Pablo II, Discurso al cuerpo diplomático (13.1.2003), 4; cf. Concilio Vaticano II, Constitución Gaudium et Spes (7.12.1965), 79-82; Catecismo de la Iglesia Católica (11.10.1992), 2307-2317.
{8} Juan XXIII, Carta Encíclica Pacem in terris (11.4.1963), 1; cf. Juan Pablo II, Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2003 (8.12.2002), 3.
Madrid, 19 de febrero de 2003

Renuncia de Alfonso XIII


«Las elecciones celebradas el domingo, me revelan claramente que no tengo hoy el amor de mi pueblo. Mi conciencia dice que ese desvío no será definitivo, porque procuré siempre servir a España, puesto el único afán en el interés público, hasta en las más críticas coyunturas.
Un Rey puede equivocarse y, sin duda, erré yo alguna vez; pero sé bien que nuestra patria se mostró en todo momento generosa ante las culpas sin malicia.
Soy el Rey de todos los españoles y, también, un español. Hallaría medios sobrados para mantener mis regias prerrogativas, en eficaz forcejeo con quienes las combaten. Pero, resueltamente, quiero apartarme de cuanto sea lanzar a un compatriota contra otro, en fratricida guerra civil. No renuncio a ninguno de mis derechos, porque más que míos son depósito acumulado por la Historia, de cuya custodia ha de pedirme, un día, cuenta rigurosa.
Para (espero a) conocer la auténtica y adecuada expresión de la conciencia colectiva, encargo a un Gobierno que la consulte convocando Cortes Constituyentes y, mientras habla la nación, suspendo deliberadamente el ejercicio del poder real y me aparto de España, reconociéndola así como única señora de sus destinos.
También ahora creo cumplir el deber que me dicta mi amor a la patria. Pido a Dios que tan hondo como yo lo sientan y lo cumplan los demás españoles.»
(BERENGUER: De la Dictadura a la República, Madrid, 1946, pág. 393.)

Primeros Decretos del Gobierno de la República


COMITÉ POLÍTICO DE LA REPÚBLICA
DECRETO.- El Gobierno provisional de la República ha tomado el Poder sin tramitación y sin resistencia ni oposición protocolaria alguna, es el pueblo quien le ha elevado a la posición en que se halla, y es él quien en toda España le rinde acatamiento e inviste de autoridad. En su virtud, el presidente del gobierno provisional de la República, asume desde este momento la jefatura del Estado con el asentimiento expreso de las fuerzas políticas triunfantes y de la voluntad popular, conocedora, antes de emitir su voto en las urnas, de la composición del Gobierno provisional.
Interpretando el deseo inequívoco de la Nación, el Comité de las fuerzas políticas coaligadas para la instauración del nuevo régimen, designa a don Niceto Alcalá Zamora y Torres para el cargo de presidente del gobierno provisional de la República.
Madrid, catorce de abril de mil novecientos treinta y uno.
Por el Comité, Alejandro Lerroux, Fernando de los Ríos, Manuel Azaña, Santiago Casares Quiroga, Miguel Maura, Alvaro de Albornoz, Francisco largo Caballero.

PRESIDENCIA DEL GOBIERNO PROVISIONAL DE LA REPÚBLICA
DECRETO.- Usando del poder que en nombre de la nación me ha conferido el Comité de las fuerzas políticas coaligadas, para la implantación de la República, triunfante en la elección popular, vengo en nombrar Ministro de Estado a don Alejandro Lerroux y García.
Dado en Madrid, a catorce de abril de mil novecientos treinta y uno. El Presidente del Gobierno provisional de la República, NICETO ALCALA-ZAMORA Y TORRES.

GOBIERNO PROVISIONAL DE LA REPÚBLICA
DECRETO.- El Gobierno provisional de la República, al recibir sus poderes de la voluntad nacional, cumple con un imperioso deber político al afirmar ante España que la conjunción representada por este Gobierno no responde a la mera coincidencia negativa de libertar a nuestra patria de la vieja estructura ahogadiza del régimen monárquico, sino a la positiva convergencia de afirmar la necesidad de establecer como base de la organización del Estado un plexo de normas de justicia necesitadas y anheladas por el país.
El Gobierno provisional, por su carácter de transitorio de órgano supremo, mediante el cual ha de ejercer las funciones soberanas del Estado, acepta la alta y delicada misión de establecerse como Gobierno de plenos poderes. No ha de formular una carta de derechos ciudadanos, cuya fijación de principios y reglamentación concreta corresponde a la función soberana y creadora de la Asamblea Constituyente; mas como la situación de «pleno poder» no ha de entrañar ejercicio arbitrario en las actividades del Gobierno, afirma solemnemente, con anterioridad a toda resolución particular y seguro de interpretar lo que demanda la dignidad del Estado y el ciudadano, que somete su actuación a normas jurídicas, las cuales, al condicionar su actividad, habrán de servir para que España y los órganos de autoridad puedan conocer, así los principios directivos en que han de inspirarse los decretos, cuanto las limitaciones que el Gobierno provisional se impone.
En virtud de las razones antedichas el Gobierno declara:
1.: Dado el origen democrático de su poder y en razón del responsabilismo en que deben moverse los órganos del Estado, someterá su actuación colegiada e individual al discernimiento y sanción de las Cortes Constituyentes -órgano supremo y directo de la voluntad nacional-, llegada la hora de declinar ante ella sus poderes.
2.: Para responder a los justos e insatisfechos anhelos de España, el Gobierno provisional adopta como norma depuradora de la estructura del Estado, someter inmediatamente, en defensa del interés público, a juicio de responsabilidad los actos de gestión y autoridad pendientes de examen al ser disuelto el Parlamento en 1923, así como los ulteriores, y abrir expediente de revisión en los organismos oficiales, civiles y militares, a fin de que no resulte consagrada la prevaricación ni acatada la arbitrariedad, habitual en el régimen que termina.
3.: El Gobierno provisional hace pública su decisión de respetar de manera plena la conciencia individual mediante la libertad de creencias y cultos, sin que el Estado en momento alguno pueda pedir al ciudadano revelación de sus convicciones religiosas.
4.: El Gobierno provisional orientará su actividad, no sólo en el acatamiento de la libertad personal y cuanto ha constituído en nuestro régimen constitucional el estatuto de los derechos ciudadanos, sino que aspira a ensancharlos, adoptando garantías de amparo para aquellos derechos, y reconociendo como uno de los principios de la moderna dogmática jurídica el de la personalidad sindical y corporativa, base del nuevo derecho social.
5.: El Gobierno provisional declara que la propiedad privada queda garantizada por la ley, en consecuencia, no podrá ser expropiada, sino por causa de utilidad pública y previa la indemnización correspondiente. Mas este Gobierno, sensible al abandono absoluto en que ha vivido la inmensa masa campesina española, al desinterés de que ha sido objeto la economía agraria del país, y a la incongruencia del derecho que la ordena con los principios que inspiran y deben inspirar las legislaciones actuales, adopta como norma de su actuación el reconocimiento de que el derecho agrario debe responder a la función social de la tierra.
6.: El Gobierno provisional, a virtud de las razones que justifican la plenitud de su poder, incurriría en verdadero delito si abandonase la República naciente a quienes desde fuertes posiciones seculares y prevalidos de sus medios, pueden dificultar su consolidación. En consecuencia, el Gobierno provisional podrá someter temporalmente los derechos del párrafo cuarto a un régimen de fiscalización gubernativa, de cuyo uso dará asimismo cuenta circunstanciada a las Cortes Constituyentes.
NICETO ALCALA-ZAMORA, Presidente del Gobierno provisional; Alejandro Lerroux, Ministro de Estado; Fernando de los ríos, Ministro de Justicia; Manuel Azaña, Ministro de la Guerra; Santiago Casares Quiroga, Ministro de Marina; Miguel Maura, Ministro de la gobernación; Alvaro de Albornoz, Ministro de fomento; Francisco largo Caballero, Ministro de Trabajo.

PRESIDENCIA DEL GOBIERNO PROVISIONAL DE LA REPÚBLICA
DECRETOS.- El Gobierno de la República Española, teniendo en cuenta que los delitos políticos, sociales y de imprenta responden generalmente a un sentimiento de elevada idealidad; que los hechos más recientes de ese orden han sido impulsados por el amor a la libertad y a la patria, y, además, legitimados por el voto del pueblo, en su deseo de contribuir al restablecimiento y afirmación de la paz pública, decreta, como primera medida de su actuación, lo siguiente:

Artículo 1.: Se concede la más amplia amnistía de todos los delitos políticos, sociales y de imprenta, sea cual fuere el estado en que se encuentre el proceso, incluso los ya fallados definitivamente, y la jurisdicción a que estuvieren sometidos.
Se exceptúan únicamente los delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos y los de injuria y calumnia a particular perseguidos en virtud de querella de éstos.
Artículo 2.: Por los Ministerios de Justicia, Guerra y Marina se dictarán las disposiciones aclaratorias mediante las cuales se resuelvan las dudas que surjan y el alcance de la amnistía.
Por los mismos Departamentos se preparará con urgencia un indulto general que reduzca la severidad de las condenas y haga partícipe a la población penal de la satisfacción del país.
Dado en Madrid, a catorce de abril de mil novecientos treinta y uno.
El Presidente del Gobierno provisional de la República, NICETO ALCALA-ZAMORA Y TORRES.

Recogiendo el Gobierno provisional de la República la aspiración popular, deseoso de que se solemnice la instauración del nuevo régimen y el alto ejemplo que supone haberlo llevado a cabo por consciente, legal y ordenada expresión de ciudadanía, decreto lo siguiente:
Artículo único. El día 15 de abril de 1931 se declara fiesta nacional y en los años sucesivos lo será el 14 del mismo mes, conmemorándose el establecimiento de la República.
Dado en Madrid, a catorce de abril de mil novecientos treinta y uno.
El Presidente del Gobierno provisional de la República, NICETO ALCALA-ZAMORA Y TORRES. (Gaceta de Madrid, 15 de abril de 1931.).

BANDERA NACIONAL (Gaceta de Madrid 28 de abril de 1931)


Decreto del 27 de abril de 1931
Adoptando como Bandera nacional para todos los fines oficiales de representación del Estado, dentro y fuera del territorio español, y en todos los servicios públicos, así civiles como militares, la bandera tricolor que se describe.
El alzamiento nacional contra la tiranía, victorioso desde el 14 de abril, ha enarbolado una enseña investida por el sentir del pueblo con la doble representación de una esperanza de libertad y de su triunfo irrevocable. Durante más de medio siglo la enseña tricolor ha designado la idea de la emancipación española mediante la República. En pocas horas, el pueblo libre, que al tomar las riendas de su propio gobierno proclamaba pacíficamente el nuevo régimen, izó por todo el territorio aquella bandera, manifestando con este acto simbólico su advenimiento al ejercicio de la soberanía.
Una era comienza en la vida española. Es justo, es necesario, que otros emblemas declaren y publiquen perpetuamente a nuestros ojos la renovación del Estado. El Gobierno provisional acoge la espontánea demostración de la voluntad popular, que ya no es deseo, sino hecho consumado, y la sanciona. En todos los edificios públicos ondea la bandera tricolor. La han saludado las fuerzas de mar y tierra de la República; ha recibido de ellas los honores pertenecientes al jirón de la Patria. Reconociéndola hoy el Gobierno, por modo oficial, como emblema de España, signo de la presencia del Estado y alegoría del Poder público, la bandera tricolor ya no denota la esperanza de un partido, sino el derecho instaurado para todos los ciudadanos, así como la República ha dejado de ser un programa, un propósito, una conjura contra el opresor, para convertirse en la institución jurídica fundamental de los españoles. La República cobija a todos. También la bandera, que significa paz, colaboración de los ciudadanos bajo el imperio de justas leyes. Significa más aún: el hecho, nuevo en la Historia de España, de que la acción del Estado no tenga otro móvil que el interés del país, ni otra norma que el respeto a la conciencia, a la libertad y al trabajo. Hoy se pliega la bandera adoptada como nacional a mediados del siglo XIX. De ella se conservan los dos colores y se le añade un tercero, que la tradición admite por insignia de una región ilustre, nervio de la nacionalidad, con lo que el emblema de la República, así formado, resume más acertadamente la armonía de una gran España.
Fundado en tales consideraciones y de acuerdo con el Gobierno provisional,
Vengo en decretar lo siguiente:
1. Se adopta como bandera nacional para todos los fines oficiales de representación del Estado dentro y fuera del territorio español y en todos los servicios públicos, así civiles como militares, la bandera tricolor que se describe en el art. 2º de este Decreto.
2. Tanto las banderas y estandartes de los Cuerpos como las de servicios en fortalezas y edificios militares, serán de la misma forma y dimensiones que las usadas hasta ahora como reglamentarias. Unas y otras estarán formadas por tres bandas horizontales de igual ancho, siendo roja la superior, amarilla la central y morada oscura la inferior. En el centro de la banda amarilla figurará el escudo de España, adoptándose por tal el que figura en el reverso de las monedas de cinco pesetas acuñadas por el Gobierno provisional en 1869 y 1870.
En las banderas y estandartes de los Cuerpos se pondrá una inscripción que corresponderá a la unidad, Regimiento o Batallón a que pertenezca, el Arma o Cuerpo, el nombre, si lo tuviera, y el número. Esta inscripción, bordada en letras negras de las dimensiones usuales, irá colocada en forma circular alrededor del escudo y distará de él la cuarta parte del ancho de las bandas de la bandera, situándose en la parte superior y en forma que el punto medio del arco se halle en la prolongación del diámetro vertical del escudo.
Las astas de las banderas serán de las mismas formas y dimensiones que las actuales, así como sus moharras y regatones, aunque sin otros emblemas o dibujos que los del Arma, Cuerpo o Instituto de la unidad que lo ostente, y el número de dicha unidad. En las banderas podrán ostentarse las corbatas ganadas por la unidad en acciones de guerra.
3. Las Autoridades regionales dispondrán que sucesivamente sean depositadas en los Museos respectivos las banderas y estandartes que hasta ahora ostentaban los Cuerpos armados del Ejército y los Institutos de la Guardia Civil y Carabineros.
El transporte y entrega de dichos emblemas se hará con la corrección, seriedad y respeto que merecen, aunque sin formación de tropas, nombrándose por cada Cuerpo una Comisión que, ostentando su representación, realicen aquel acto, y formándose la Comisión receptora por el personal del Museo.
4. Las escarapelas, emblemas y demás insignias y atributos militares que hoy ostentan los colores nacionales o el escudo de España, se modificarán para lo sucesivo, ajustándolas a cuanto se determina en el artículo 2º.
5. Las banderas nacionales usadas en los buques de la Marina de guerra y edificios de la Armada, serán de la forma y dimensiones que se describen en el art. 2º. Las banderas de los buques mercantes serán iguales a las descritas anteriormente, pero sin escudo.
Las banderas y estandartes de los Cuerpos de Infantería de Marina y Escuela Naval serán sustituidas por banderas análogas a las descritas para los Cuerpos del Ejército.
Las astas, moharras y regatones se ajustarán asimismo a lo que se dispone para las de los Cuerpos del Ejército.
6. Las Autoridades departamentales y Escuadra dispondrán que sucesivamente sean depositadas en el Museo Naval las banderas de guerra regaladas a los buques y estandartes que hasta ahora ostentaban los Regimientos de Infantería de Marina y Escuela Naval.
El transporte y entrega de estas enseñas se hará con la corrección, seriedad y respeto que merecen, aunque sin formación de tropa, nombrándose por cada Departamento o buque una Comisión receptora por el personal del Museo.
7. Las escarapelas, emblemas y demás insignias y atributos militares que hoy ostentan los colores nacionales o el escudo de España se modificarán para lo sucesivo, ajustándolas a cuanto se determina en el artículo 2º.

BLASCO, Juan: "Estado de la Economía fascista antes del 19 de Julio"

Nos encontramos al país en un estado económico, que causa grima y vergüenza, por lo desquiciado y lo caótico.
Los burgueses, los comerciantes, los banqueros y todos cuantos elementos intervenían en la fiscalización de la economía, y en la administración de la cosa pública del país, demostraban hasta la saciedad, la incapacidad administrativa y también la ausencia de sentido de superación político y social.
Estaban carentes de honradez, de moralidad, de solvencia y de ese patriotismo de que tan descaradamente blasonaban.
Carecían de pudor humano, de decoro cívico y de generosidad racional.
Un voraz apetito de no sé qué festines inconfesables, guiaban todas sus maquinaciones repaces, diríase, que eran los modernos fenicios al revés, pues carecían del dinamismo de aquellos y al mismo tiempo del preciado don de la belleza y de la estética.
Una alocada bacanal, impulsaba toda su funesta obra económica, que más bien parecía hija de una falange de neuróticos y orates, que no de una colectividad de hombres cultos y honestos.
El panorama de verdad, imparcial, cierto, irrefutable de la España fascista antes del 19 de Julio, era el que vamos a describir.
Los montes sin un árbol, completamente desnudos, donde el tórrido sol ibérico campaba a su antojo y a su influencia, se agostaban las tierras montañosas y se secaban a la vez, prestamente, las fuentes que nacían ya agonizantes. Las tierras llanas de la mayoría del país, estaban totalmente abandonadas, por lo áridas y por lo inhospitalarias, donde la gente no podía morar, por la falta de medios con que poder subsistir un poco dignamente. Estaban despobladas esas tierras, por la falta del precioso líquido que las bautizara cariñosamente. Y en cambio, vemos con honda pena, con profunda tristeza, como en otros lugares, las aguas de las torrenteras y de los ríos, cantarinas y sonoras, se pierden estéril y mansamente, sin dar fruto alguno, en el mar lejano.
! Ah, sí!, no sabían o no querían los estamentos dirigentes del país, repoblar los bosques, cuya arboleda había de humedecer los montes y que luego, su bienhechora umbría tenía que beneficiar las tierras llanas; y no querían o no sabían encauzar debidamente las aguas que habían de llenar de vida y alegría los diversos parajes del solar español, que es una estepa y un nido de pajarracos graznadores.
Tampoco poseemos carreteras apropiadas para poder transitar cómoda y fácilmente, uy con ellas, fomentar el turismo, que tan pingües ingresos podría proporcionarnos la riqueza natural del país.
El viajar por España era un castigo y una maldición y a no ser de gran necesidad, nadie sentía el placer de recorrer el país para contemplar toda la maravilla natural y artística que natura pródiga y generosa nos regalaba y que nos habían legado a la vez, el genio de nuestros mayores.
Y en lo tocante a ferrocarriles, tembién era una desdicha y una pesadilla, pues además de ser lentos, de una lentitud desesperante, eran viejos y sucios, en los cuales, era una vergüenza y un oprobio viajar en ellos. Sobre todo en los departamentos de tercera, donde veíanse obligados a viajar las clases menesterosas, era un escarnio y un insulto, que se hacía a esa clase tan bondadosa y tan honesta. Y para el colmo de males, el precio de tales viajes, casi sólo estaban al alcance de los ricos y de los poderosos. En fin, las compañías explotadoras de hefecio (sic, beneficio), no daban ninguna facilidad para viajar, ni por lo que se refiere a la comodidad, no por lo que atañe al coste. Los Consejos de Administración de las mencionadas compañías, cuidábanse sólo de asignarse fantásticos sueldos y de repartir entre sus accionistas dividendos cuantiosos. Ahora bien, de mejorar y renovar el material para el buen servicio del país, no se preocupaban, porque eso significaba disminución en los beneficios y a ese sacrificio no se hallaban dispuestos los señores consejeros, bajo ningún concepto. Pero, a pesar de todo lo espuesto, poquito a poco, por incapacidad técnica y por absoluta carencia de honradez administrativa, estaban todas esas compañías ferroviarias, en los últimos tiempos, al borde de la quiebra.
De la flota mercante para la exportación de nuestros productos, ni merece la pena de hablar, porque era escasa y mala, y aun esta tenía que ser suvencionada por el Estado español y así y todo, a pesar de la subvención del Estado, del fletaje carísimo y del pasaje más caro aun, la fascista compañía naviera, la Transatlántica, tuvo irremisiblamente, que suspender pagos.
Del estado ruinoso de nuestras cuencas mineras, es de todo el mundo sabido el por qué, y el por qué, era que se entregaban las concesiones mineras a unos cuantos aventureros de la política y de las finanzas, sin pudor ni dignidad, y esos mercachifles las explotaban sin cariño ni capacidad, dejando por ese motivo, en la miseria y en la desesperación, a millares de proletarios.
El estado precario de la industria y del comercio nacional, era bien notorio, pues diariamente se dejaban protestar por falta de pago centenares de letras de cambio y debido a esos protestos, mensulamente, una lluvia de embargos caían sobre los comercios y las industrias, y así, ibanse paralizándose todos los trabajos y un ejército de parias, pululaban tristes y hambrientos por plazas y calles.
Los bancos, también sufrían una aguda crisis monetaria, pues si en un momento dado, el Estado hubiera exigido las garantías que para la seguridad del circulante de los cuenta-correntistas, las leyes regularizaban, todos, completamente todos, habrían tenido que cerrar sus puertas y dejar de realizar por largo tiempo, toda clase de operaciones de banca y bolsa. Y la verdad sea dicha, aun a pesar de que el Estado hacía la vista gorda en ese menester, de vez en cuando, diversos bancos, cerraban sus puertas y dejaban en la miseria a los pequeños imponentes.
Y si damos una ojeada a la propiedad privada, constataremos de un modo real y fehaciente, que casi toda la propiedad, tanto rústica como urbana, estaban hipotecadas. Una afirmación veraz y justa:
Uns fincas hipotecadas y embargadas, y, por lo tanto, sometidas a juicio de la ley hipotecaria y expuestas, como es natural y lógico, a ser sacadas a pública subasta.
Y, para que mencionar la situación deplorable de las diversas sociedades anónimas que habían esparcidas por España? De la situación catastrófica de esas sociedades anónimas, pueden hablaros larga y tendidamente los tenedores de acciones y obligaciones emitidas por las mismas, y ellos nos dirán lealmente, que jamás cobraron intereses del capital invertido en esas insensatas operaciones bursátiles. ! Ah! precisamente en esas ruinosas emisiones del papel industrial y comercial, iban a estrangularse el pequeño ahorro nacional, y así, desfallecía en un ritmo acelerado, la economía del pobre país.
Y no hablemos del sin fin de timos y estafas que legalmente se cometían todos los días y a cada momento, porque levantaríamos una polvareda que asfixiaría a todos los estamentos de la Nación.
Este es el fiel balance de la realidad económica del país, antes del 19 de julio del año 36.
Esta es la verdad pura y escueta del estado financero de la España fascista, antes de levantarse en armas contra el honrado pueblo productor español.
Y esta verdad, y estats verdades, para aseverar más verazmente nuestras afirmaciones, pueden comprobarse algunas de ellas, en las secretarías de los distintos juzgados, en los registros de la propiedad y en los protocolos de las notarías. Pues, si éste era el estado decadente y pobrísimo de la economís española, qué temor, qué pánico nos ha de causar el tener que eliminarlo y en su lugar, levantar una nueva economía, que responda a nuestras necesidades y a nuestro alto sentir de superación humana ?.
La nueva economía que ha de estructurarse, que estructurará la revolución ibérica, ha de ser a base de honradez, de moralidad y de capacidad,sin trampas ni combinaciones, donde todos los hombres de buena fe, sientan el culto del bienestar y de la propiedad de todos los hombres que se desvelan y producen, en beneficio y provecho de la colectividad toda.
!Muera el Fascismo! !Viva España libre! ! Viva la Revolución Proletaria !.

(Conferencia dada por el compañero Juan Blasco, ante el microfono de la emisosra E.C.N. 1 RADIO C.N.T-F.A.I). (1937): Boletín de Información C.N.T. i F.A.I .(4 de Marzo 1937). Hoja 2 i 3.

miércoles, 24 de junio de 2009

Al otro lado del MURO


DENUNCIAS por RAQUEL QUÍLEZ (El Mundo)
Un muro de 2.500 kilómetros atraviesa el desierto del Sáhara. Lo levantó Marruecos en los años 80 para repeler los ataques del Frente Polisario, con quien mantenía una guerra abierta de la que se selló el alto al fuego en 1991 bajo el auspicio de Naciones Unidas. Hoy, cerca de dos décadas después de ese acuerdo, esta fortificación sigue separando a saharauis y marroquíes. La precede un área de cinco kilómetros plagada de minas antipersona —hasta cinco millones, según las organizaciones humanitarias— y vigilada las 24 horas por soldados de Marruecos.
El muro minado, en el que pierden la vida periódicamente pastores que nomadean por la zona, marca el límite entre saharauis y marroquíes, pero también entre familias que quedaron dividas tras la Marcha Verde de 1975. A un lado, los que huyeron a los campos de refugiados —la construcción se eleva 90 kilómetros al oeste de Tinduf—. Al otro, los que viven en territorios controlados por Marruecos.
Se desconoce cuántos son en cada parte: la elaboración de un censo ha sido uno de los escollos históricos del conflicto —esta tarea corresponde a la MINURSO, misión de la ONU encargada de velar por el alto el fuego y de elaborar un censo para un referéndum de autodeterminación aplazado en múltiples ocasiones—, pero lo cierto es que hay cientos de familias que no han vuelto a verse desde 1975.
Según han denunciado el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, organizaciones como Human Rights Watch (HRW) y el Parlamento Europeo (PE), los saharauis que viven en territorio marroquí se encuentran privados de derechos fundamentales. La última en denunciarlo ha sido una delegación 'ad-hoc' del Parlamento Europeo que visitó El Aaiún, la capital del Sáhara controlado por Marruecos, en enero de 2009.
Violaciones de Derechos Humanos
La comisión estaba presidida por el ex ministro de Asuntos Exteriores chipriota, Ioannis Kasoulides, e integrada por los eurodiputados Carlos Carnero (socialista español), Carlos Iturgaiz (del PP español) y Luca Romagnoli (italiano no inscrito). Según su informe, de marzo de 2009, sus interlocutores marroquíes pusieron a su disposición «todas las facilidades necesarias», pero «las fuerzas del orden impidieron acceder al lugar de la reunión» a varios saharauis que debían entrevistar, que padecieron «intimidaciones y malos tratos». En su estudio, basado en entrevistas y testimonios, la delegación constata que se han producido «violaciones recurrentes de los derechos humanos, especialmente de la libertad de expresión, asociación, manifestación y comunicación» en el territorio marroquí. Además, pedía a Marruecos que se admitan a trámite las denuncias contra policías formuladas por los independentistas y a la representación de la Comisión Europea en Rabat, que envíe «observadores a los juicios de militantes saharauis».
En el mismo sentido se expresaba HRW en un informe de 2008 en el que acusaba a las autoridades marroquíes de golpear y torturar a los activistas saharauis que expresan sus ideas proindependentistas. Según la asociación saharaui Afapradesa (Asociación de Familiares de Presos y Desaparecidos Saharaui), 65 presos políticos permanecían en cárceles marroquíes en marzo de 2009.
Preguntados por la valoración que hacen de estos informes, los respresentantes en España de las autoridades marroquíes han asegurado a este periódico que «los habitantes de las provincias del sur son ciudadanos marroquíes y gozan de los mismos derechos y obligaciones que los de otras regiones del país». En lo que se refiere a las alegaciones de tortura, aseguran que «la ley marroquí dispone que la evidencia obtenida bajo tortura es inadmisible en los procesos de juicio» y que, en febrero de 2006, su gobierno aprobó una nueva ley prohibiendo la tortura y castigando los abusos cometidos por las fuerzas de seguridad. Argumentan además, citando informes de Amnistía Internacional, abusos por parte del Frente Polisario relativos a detenciones arbitrarias de supuestos opositores, desapariciones forzosas y torturas.
El PE y HRW también viajaron a los campos de refugiados. Sus informes son menos críticos con la situación del territorio controlado por el Polisario, aunque denuncian que las condiciones de vida «extremadamente precarias» que allí imperan «son, en parte, achacables a los dirigentes que temen que el desarrollo de las infraestructuras sea interpretado por la población como una manera de echar raíces y, en consecuencia, como una renuncia a la perspectiva de regresar a su país», en palabras de la delegación europea.
En definitiva, los saharauis viven indefinidamente separados. Los de un lado del muro, sometidos a presiones por defender una postura. Los del otro, bombardeados por propaganda para mantenerla viva.

Desierto


RAQUEL QUÍLEZ
Tras la Marcha Verde de 1975, miles de refugiados saharauis huyeron hacia una zona desértica situada en torno a la región argelina de Tinduf, a unos 50 kilómetros de la frontera con el Sáhara Occidental. Según los informes de ACNUR, a finales de 1976 alrededor de 50.000 saharauis se habían instalado en esa porción de desierto que el Gobierno argelino cedió temporalmente a la República Árabe Saharaui Democrática (RASD). A lo largo de las más de tres décadas que dura ya el conflicto, la cifra de refugiados ha oscilado. Aunque no existe un censo oficial, Argelia da por buenos 165.000, mientras que organizaciones como Human Rights Watch hablan de 135.000 personas. Estas imágenes muestran cómo transcurre su vida. Fotos: R.Q.

La última colonia africana


La última colonia africana
por FELIPE SAHAGÚN (El Mundo)
Territorio africano ocupado por España en 1884 y convertido en provincia española en 1934, el Sáhara Occidental, con unos 250.000 kilómetros cuadrados, es la última colonia de África. Presionado por el hostigamiento del Frente Polisario, fundado el 10 de mayo de 1973, y por la Marcha Verde marroquí de noviembre de 1975, en la que participaron más de 300.000 personas, el régimen moribundo de Franco cedió la administración del territorio a Marruecos (dos tercios) y a Mauritania (un tercio) por los Acuerdos de Madrid del 14 de noviembre de 1975.
Un mes antes, el 16 de octubre, la Corte Internacional de Justicia había reconocido vínculos históricos entre los habitantes del Sáhara y de Marruecos, y el derecho a la autodeterminación de los saharauis, que España se comprometió a respetar organizando un referéndum. Marruecos interpretó la referencia al vínculo histórico como un derecho de anexión y, tras la retirada militar española, el 27 de febrero de 1976, ocupó militarmente su zona de administración, la más rica en fosfatos, recursos pesqueros y, seguramente, petróleo. El Polisario, respaldado por Argelia, declaró el mismo día la República Árabe Saharaui Democrática, admitida en 1984 en la Organización para la Unidad de África y reconocida por más de 70 países, y reanudó sus acciones militares contra los nuevos ocupantes marroquíes y mauritanos.
En agosto de 1978 un nuevo Gobierno mauritano firmó la paz con el Polisario y renunció a su zona saharaui, que el Ejército marroquí incorporó de inmediato al resto. En represalia, Argelia facilitó la instalación permanente de los refugiados saharauis en campos situados al sur de Tinduf y armas al Polisario para mantener una guerra de baja intensidad contra Marruecos hasta 1991.
Para reducir sus bajas y asegurar su defensa, entre 1980 y 1987 Marruecos levantó en seis fases un muro defensivo con cinco pasillos de entrada y salida a lo largo de unos 2.500 kilómetros, que vigila con más de 100.000 soldados, la mitad de su Ejército. Según el Gobierno español, este despliegue representa más del 15% del presupuesto anual marroquí. Desde entonces ha poblado la ex colonia española con unos doscientos mil inmigrantes procedentes de Marruecos y ha invertido grandes sumas en infraestructuras para ganarse el apoyo de los pocos saharauis que no huyeron.
La firmeza marroquí, el muro, la pasividad internacional y las siempre complicadas relaciones entre Argelia y el Polisario estancaron el conflicto y facilitaron la aceptación por ambas partes del Plan de la ONU de 1991 (Resolución 690), que incluye un alto el fuego, el intercambio de prisioneros, la repatriación de refugiados y la celebración del referéndum. Todo bajo supervisión de una misión nueva de la ONU (MINURSO), que se mantiene sin pena ni gloria. Dieciocho años después, el alto el fuego, con violaciones esporádicas de poca importancia, se respeta y el intercambio de prisioneros (miles de marroquíes y docenas de saharauis) se completó en 2005, pero la repatriación de refugiados avanza a cuenta gotas y el referéndum, que debía haberse celebrado en 1992 a partir del censo español de 1973, sigue vetado por Rabat si no se organiza en condiciones que garanticen la anexión marroquí.
Por la resolución del 30 de abril de 2009, el Consejo de Seguridad de la ONU renovó por un año más la continuación de MINURSO, que cuenta con 231 soldados y seis policías, apoyados por unos 300 civiles (cien extranjeros y doscientos locales), de 30 países, con un presupuesto anual de unos 50 millones de dólares, y la misión de vigilar el alto el fuego y el respeto de los demás compromisos de 1991.
El Gobierno marroquí ha boicoteado sistemáticamente todos los intentos de los representantes de la ONU (James Baker, Peter van Walsum...) para lograr un compromiso entre la anexión marroquí y la independencia sin renunciar al referéndum, y sigue dando pasos unilaterales a favor de lo que el rey Mohamed VI denomina «la regionalización avanzada y gradual», con la que pretende convertir el Sáhara Occidental en una autonomía del soñado Gran Marruecos. Paralelamente, en violación flagrante de las resoluciones de la ONU y del derecho internacional, sigue haciendo concesiones a empresas multinacionales, países y organizaciones como la UE para la explotación de los recursos minerales y pesqueros saharauis.
En enero de 2009, uno de los diplomáticos estadounidenses con más experiencia en mediaciones internacionales, Christopher Ross, era nombrado nuevo enviado especial de la ONU para el conflicto. Haciéndose eco de los primeros contactos de Ross con todas las partes implicadas, el secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, informaba al Consejo de Seguridad el 13 de abril que «las posiciones no han cambiado desde su ronda de negociaciones, celebrada en Manhasset (Nueva York) del 16 al 18 de marzo de 2008». «(Las partes) siguen muy alejadas en la búsqueda de una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, que haga posible la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental, como exige el Consejo de Seguridad», añade.

viernes, 19 de junio de 2009

¿Desligitimar la Transición?

A los políticos nunca les interesa del pasado más que el modo de retorcerlo para justificar el presente.
Intento de deslegitimar la Transición, con su pacto de reconciliaciones y concordias, para rescatar el viejo dualismo de las dos Españas y sostener en el enfrentamiento un proyecto político revisionista que se presenta como adalid de la ruptura pendiente.
Así la Transición vendría a ser como un acuerdo vergonzante forzado por el miedo, el ruido de sables y la teoría del mal menor.
Ahora ha llegado el momento de poner las cosas en su sitio, al revés: los antiguos malos convertidos en buenos y los buenos en malos.
El eterno péndulo en el que se balancean las derrotas de esta vieja nación zarandeada por los prejuicios.
Hace tiempo que la Historia de verdad, la que escriben los sabios, los estudiosos, los expertos, ha contado los muertos, ha hecho inventario de los errores, ha hurgado en las trincheras del odio, ha analizado aquel horror convulso de revoluciones impregnadas de rencor y traiciones disfrazadas de idealismo. Lo que resulta es un relato descalabrado y cruel de una sociedad surcada por un odio atávico. Nada de lo que tengamos que enorgullecernos, y sí un inmenso océano de vergüenza moral.
Lo habíamos superado. No olvidado, pero sí dejado atrás, desde la convicción de que no servía para construir un futuro. Ahora nos quieren plantear esa memoria de enconos para crear con ella el soporte ideológico de una política divisionista.
Y lo han logrado en parte:
*.- un atizar de muertos,
*.- una batalla de esquelas,
*.-un memorial de mutuos agravios.
Con lo que había costado mañanar este país de sórdidos ayeres, y ahora nos entretenemos otra vez en la maldita guerra de los abuelos, malcontada por unos nietos irresponsables.

domingo, 14 de junio de 2009

Suárez

» "Mi General, no se lo crea". Franco le dijo a Adolfo Suárez, cuando éste acababa de ser nombrado gobernador civil de Segovia:
-Dice usted que la provincia está mal. Pues yo voy y me vitorean.
-Mi general, no se lo crea.
Franco lo sabía, pero Suárez le refrescó la memoria. "Ya sabe usted cómo se preparan esas visitas. Las aclamaciones las preparamos muy bien".
-Bueno, Suárez -le dijo Franco-, espero que no haya venido sólo a traerme problemas. Deme soluciones.
-Si usted me deja usar su nombre un día la provincia se arregla.
-Es usted muy audaz, Suárez. Hágalo, y luego me cuenta.
Y el joven gobernador civil se fue a ver a Laureano López Rodó, director del Plan de Desarrollo, correligionario de Fernando Herrero Tejedor, del Opus, el hombre que le había recomendado a Franco.
-Me ha dicho Franco que debemos declarar Segovia Provincia de Acción Especial.
-Eso es una barbaridad. ¡Cien millones de pesetas de libre disposición!
-Pues llame usted al Pardo y se lo explica al general.
López Rodó fue más astuto: hizo que su secretario llamara al Pardo: "¿Ha estado por ahí Adolfo Suárez?". Había estado, "acaba de salir".
Franco le envió después a Segovia al joven Príncipe. Don Juan Carlos fue con su cuñado, Constantino, a comer a Cándido. Le esperaban las cámaras de TVE, y un exultante gobernador.
Hubo química. El príncipe le pregunta al gobernador lo que Franco ya le había preguntado, qué habría que hacer cuando se produzcan "las previsiones sucesorias".
Fue entonces cuando Suárez le prepara un papelito que ahora está entre los papeles de Suárez (y del Rey). Algunos lo han visto; otros niegan su existencia. Suárez lo cita: "Este proyecto político, que tenía concretado incluso por escrito, en notas y esquemas, era conocido -y pienso que compartido- por algunas de las más altas instancias del Estado, y lo expliqué a todas las personas a las que ofrecí formar parte de mi primer Gobierno y que me interrogaron sobre el diseño político de la etapa de gobierno que se abría". Lo dijo en Diario 16 en 1983. Aún hoy se discute si existe o no.
Según quienes sí lo han visto, en el papelito se establecen las líneas maestras de la Transición. Devolución de la soberanía al pueblo. Una Constitución acordada por todos. Amnistía. Partidos Políticos.
Era finales de 1969. Siete años más tarde el papel iba a resurgir, en manos de don Juan Carlos, que ya era Rey. Se lo dio a Suárez, después de darle un susto, el día en que lo eligió presidente del Gobierno.
» Por "Un desastre sin paliativos". La herencia de Franco fue Carlos Arias Navarro. Con él en la presidencia del Gobierno era muy difícil poner en marcha el papel de Segovia. Y el Monarca se valió de un periodista extranjero para dinamitar al heredero. Don Juan Carlos dijo que Carlos Arias Navarro era "a resounding disaster", un desastre sin paliativos. Arias era un personaje incómodo, representaba al Régimen, era un obstáculo para la amnistía, para la creación de partidos políticos... Dimitió, y comenzó en efecto el proceso sucesorio que Franco había querido dejar atado y bien atado...
Suárez sabía que iría en la terna, y los otros cuyos nombres llegaron al Consejo del Reino (Areilza, López Bravo) creían que el nombre del ex gobernador, cachorro del Régimen, ligado al Movimiento, era una manera de completar una lista. Torcuato Fernández Miranda cumplió la misión; y pronunció esa frase que la historia ha consolidado como la expresión que explica mejor que nada la voluntad que tenía el Rey de nombrar a Suárez presidente del Gobierno: "Estoy en condiciones de dar al Rey lo que el Rey me ha pedido".
Las grandes familias (Areilza, López Bravo) se habían dedicado a debilitarse mutuamente, a batir al contrario, y el advenedizo se quedó con el cetro. Un cuarto hombre, Manuel Fraga Iribarne, se había quedado lejos de la pugna, y en ello veía la sombra del ex gobernador. Un día le dijo en los baños del Congreso:
-Jamás te perdonaré que me hayas jubilado doce años antes.
Y entre los que aspiraban era Areilza el que se suponía más seguro. La leyenda dice que en uno de aquellos días alguien llamó a su casa, y alguien respondió:
-El presidente está descansando.
» "Señor, arreglando unos papeles". A Suárez le parecía evidente que el Rey quería que fuera su primer ministro, pero el Rey le hizo sufrir. Era julio, y la familia se fue a Baleares, a buscar sitio donde pasar agosto. La terna había sido dilucidada, y el resultado estaba en manos de don Juan Carlos. Sábado, un día sin gloria, y el ex gobernador que le entregó aquel papelito en Segovia despachaba sus nervios más que sus asuntos en la casa familiar, en Puerta de Hierro. "Este tío no me llama".
A las tres de la tarde llamó el Rey. ¿Qué haces? "Aquí, ordenando unos papeles". Vente para acá.
Acá era el palacio de La Zarzuela, un lugar lleno de vericuetos, pasillos y antedespachos. Le pusieron en un despacho solitario; en un aparcamiento inmenso había quedado empequeñecido su Seat 127, y él se sentía empequeñecido. Hasta que un grito -"¡Uhhhhh!"- le despierta del sopor y le provoca finalmente una carcajada. Es el Rey, que le quiere asustar. No le dice nada; se sienta ante una mesa de despacho y de un cajón saca un papelito. Le dice:
-Esto que me dijiste en Segovia hay que llevarlo a cabo.
» "Es tu oportunidad". El papelito dice (según quienes lo vieron, o lo citan) que hay que desmontar el Régimen, más o menos.
Él está capacitado para el haraquiri, porque forma parte de la corte que se quiere desmontar, la corte del franquismo. Y cuando el haraquiri se produjo de hecho (en las Cortes) se pudo ver en la televisión su rostro. Uf, lo hemos hecho. Esto va a poder ser. Eso dijo. No está grabado, pero eso dijo. Esto va a poder ser. Ahí nació la transición, que él llamaba La Transición. Federico Ysart, un destacado colaborador de él, le regala un cuento de El Capitán Trueno, cuenta Carlos Abella. Es un momento culminante. Él está feliz, y le van a odiar. Esa noche se afilan al tiempo la admiración y el odio. Él lo sabe.
Su compromiso democrático fue inminente, caliente todavía el cuerpo místico del franquismo: habrá elecciones libres en el plazo de un año. Las adelantó, casi sin haber organizado un partido político que él pudiera usar como su propia plataforma. Es lícito pensar que hasta el Rey tembló: o sea, se monta el equipaje de una democracia y el país queda en manos de los socialistas y de los comunistas (éstos aún eran ilegales), que son los únicos que están organizados.
Quizá ese aliento de las alturas convenció a Suárez para formar Unión de Centro Democrático, acuciado también por la evidencia de las encuestas: si no se presentaba, o si presentaba la derecha que venía de Franco (Fraga y los suyos), el triunfo socialista iba a ser redondo, rotundo.
Es lícito pensar que diría para sí que esa era una oportunidad, que no sería muy inteligente desperdiciarla. Alrededor había voces que le animaban a desanimarse: eres el presidente interino, no te aproveches de tu interinidad. Esas voces provocaban una coalición en torno a Fraga. "Nos equivocamos, con esto nos equivocamos".
Descartada la idea de la mayoría natural, Suárez se quedaba al mando del centro, que según su criterio era el único que podía aglutinar más votos que Felipe y Carrillo. En febrero de 1977 Suárez tiene sobre la mesa un macrosondeo que le da la victoria a González sobre la coalición de Fraga; y es entonces cuando se produce la inquietud que acelera la construcción de UCD. Una construcción precipitada en cuya virtud (electoral) llevó su penitencia (de futuro): una aglomeración cuyo cemento era Suárez..., hasta que dinamitaron el cemento desde todos los sectores de esa entente.
Y ahí estaba el Ejército, que entonces era el de Franco, y no el de 1982. Vigilante, el Ejército que luego dio un golpe y varias intentonas. Vigilando a Suárez, que estaba enfrascado en crear un partido sin darse cuenta de que estaba creando, también, una reunión de notables y que cada uno iba a ser de su padre y de su madre. Suárez los sumaba, todavía, y optó por aquella frase, "puedo prometer y prometo", para contarles a los ciudadanos que en efecto él era el garante de aquella amalgama.
Era una jaula de grillos, pero ganaron. Uno de aquellos gallos en el gallinero de UCD le envió a Suárez, cuando empezaron a escucharse los ruidos que dinamitaron UCD, un volumen de primero de Derecho. Para que aprendas. La ironía fue un símbolo de ironías más gruesas. Era un político, no era un intelectual; las familias quisieron afeárselo. Pero él quiso seguir, hasta la Constitución, en 1978. Desde entonces aquel tipo siente en su rostro, en sus discursos, en su vida cotidiana, la decepción.
Y en 1980, en agosto, ya empieza a decirle a sus íntimos que está harto, que se va. Está harto de gestionar la normalidad en que se ha instalado el partido; sabe que ya está construido el esqueleto del Estado, pero él no es feliz. Y la normalidad es un puñal tras otro. Afilados. Está tocado. La melancolía no se combate con café con leche y tortilla francesa. Pero él trata de combatir así al ogro del desafecto.
» "Que el Ejército maniobre". Lo que Suárez ve alrededor, el día electoral de 1977, es que excepto Fuerza Nueva todo el mundo rema hacia una ilusión que entonces no se llamaba aún movida. La campaña ha sido rudimentaria, hecha casi con el boca a boca. Y en La Moncloa sigue los resultados desde una pequeña terminal de ordenador cuya pantalla desprende letras de fósforo verde... El resultado es su triunfo, y un alivio, parece, para el Rey.
Había ganado las primeras elecciones. Estaba en condiciones de decir que había acabado él, que fue uno de sus epígonos, con el franquismo. Sus aliados para gobernar aquel país que tenía al Ejército vigilante no estaban en la derecha, él lo sabe, estaban en Santiago Carrillo. La relación había sido rara, y pactada. Con Felipe González desarrollaría más tarde una relación más frecuente, pero Carrillo era un confidente más fiel, o más cómodo o seguro para él. Si la derecha extrema (que quería perpetuarse) hubiera sabido de la frecuencia con que se encontraban, el país a lo mejor hubiera sido aún más explosivo.
Se juntaban en las reuniones de Carrillo y Suárez el que hizo la guerra y era antifranquista y el que no la hizo y fue franquista. Sabemos qué pasó, no queremos que se repita. Y Carrillo quería una contrapartida obvia: que el PCE fuera legalizado. No podían celebrarse las elecciones democráticas con su fuerza política en la penumbra. Suárez también lo sabía. Pero quería prendas. Carrillo tenía que aceptar la Monarquía parlamentaria, la Corona. A Suárez no le importaba demasiado que Carrillo no se fiara de un hombre del Régimen. "No importa, no te fíes. Dilo. Me viene bien que lo digas. Ponme verde. No se te ocurra elogiarme".
El pacto fue en casa de José Mario Armero, el presidente de Europa Press. Fumaron hasta el amanecer. Carrillo aceptó la bandera, renunció a la República..., si el clima hubiera seguido así ¡hubiera aceptado hasta el crucifijo!
Y así hasta que se produjeron aquellas renuncias comunistas que fueron cayendo como la ceniza de los incontables pitillos. Carrillo iba a ser legalizado. Y Suárez iba a ser amigo suyo (en la clandestinidad; una amistad aparente era un suicidio..., los militares vigilaban).
Venía el Sábado Santo de 1977, poco antes de las elecciones, y el Ejército seguía vigilante, siguió vigilante. Suárez sabía que el Ejército iba a reaccionar si no actuaba con sigilo, o con audacia. Eligió la audacia, no bastaba con hacerlo en Semana Santa.
Él seguía teniendo muy buenos amigos en Ávila, su tierra natal, y los tenía también en la Academia de Intendencia. Buscó complicidades, allí y aquí, y organizó para abril unas maniobras militares de todas las unidades de Madrid.
Para qué, Adolfo.
Él no lo dijo entonces, ni se dijo en aquel momento, nadie lo sospechó en ese instante. Pero en la secreta intención del presidente estaba dejar sin reservas (de gasolina, de armas) los tanques del Ejército.
Así no podría haber movimiento de tropas..., y llegó el Sábado Santo y Suárez pudo ofrecerle a Carrillo (y a los comunistas, y en realidad a la sociedad española) el triunfo principal de su mus democrático: la legalización del PCE. Sin que el Ejército pudiera, aunque hubiera querido, mover pieza.
Cuando se repuso del susto el Ejército, o muchos de sus mandos, ya Carrillo había hecho su rueda de prensa..., "poniendo a parir" a Adolfo Suárez. Lo acordado, una cosa, la legalización, y la otra, arremeter contra el amigo presidente. "Si me pones bien me hundes".
» El papelito. Se habla mucho del papelito que Suárez le hizo al Rey cuando éste era el Príncipe. ¿Lo han visto otros, aparte de ellos dos? Quizá lo vio Torcuato Fernández Miranda; es posible que lo haya visto Fernando Abril Martorell, que fue amigo y vicepresidente de Suárez; y es probable que lo haya visto Constantino de Grecia, el cuñado del Rey. ¿Existió? Un libro de José Ramón Saiz de 1979, el año de las primeras elecciones democráticas, asegura que sí. Lo dice: "Sus ideas claras, imaginación y juventud, despertaron una gran atención de don Juan Carlos. Fue entonces cuando Adolfo Suárez elevó al Rey un informe sobre el desarrollo político de la transición". Según este testimonio, fue dos años antes de ese nombramiento cuando el Rey hizo el encargo. Carlos Abella cuenta también (en su biografía ahora reeditada por Espasa) la trayectoria de ese papel. Franco le había preguntado a Suárez cuando éste le fue a presentar a la junta directiva de la Unión del Pueblo Español. "Esta asociación política", le dijo Suárez a Franco, "no es más que un embrión imperfecto e insuficiente del pluralismo político que será inevitable cuando se cumplan las previsiones sucesorias". Abella cuenta que Franco "le pidió que se quedara, preguntándole por qué había puesto tanto empeño en hablar de que la democracia era inevitable, a lo que Suárez contestó: 'Porque estoy convencido de que es así, Excelencia. La llegada de la democracia será inevitable porque lo exige la situación internacional. (...) Cuando Franco falte, ese deseo de futuro democrático será imparable". Abella dice que a Franco aquello no debió gustarle mucho, porque a algunos les dijo que Suárez estaba traicionando el espíritu de Herrero Tejedor, su mentor. Y eso fue porque Franco supo que don Juan Carlos le había pedido a algunos colaboradores de Herrero -y también a Herrero- papeles sobre la transición. Y a Suárez le sentó fatal haber creído que don Juan Carlos tan sólo se lo había pedido a él...
Charles Powell, director de la Fundación Transición Española, que está preparando una biografía de Suárez, desconfía de la existencia de ese papelito, aunque es cierto que Suárez, en un coloquio sobre la transición habido en el seno de la Fundación Ortega y Gasset, en 1983, se había referido a que el entonces Príncipe le había pedido opinión en 1971. "Lo contó con mucha gracia", nos decía el historiador Powell. "Decía que en un momento determinado, después de hablar con don Juan Carlos, que las ideas sobre cómo salir del franquismo pasaban por sus manos..., hasta que supo que el Príncipe había consultado también a muchísima gente. ¡No era el único! Lo contó con mucha gracia, y quitándose importancia".
» La alegría, la tristeza. Le pregunté a los dos historiadores qué alegró a Suárez, qué lo hirió. Powell: "Le alegraba contar la entrada de La Pasionaria y de Rafael Alberti al hemiciclo. Le llenaba de emoción contarlo. Y haber convencido a Carrillo para que le ayudara a llevar adelante su proyecto. Contaba la primera reunión, en el chalet de José Mario Armero, como se cuenta una experiencia inolvidable. Haberse ganado a Carrillo. Fue una victoria para él, en contra de Osorio y de Torcuato, que no querían ni que se viera con él. ¿Lo peor? Su relación con su propio partido. Pero no era un hombre rencoroso; todos tendieron a minusvalorarlo, y eso le dio fuerza". Abella: "Hasta en sus derrotas no te lo podías imaginar postrado. ¿Sus errores? No acompañar a las víctimas del terrorismo en los entierros de los ochenta, cuando cayeron tantos compañeros suyos. Su gran momento fue cuando se resolvió la Reforma Política. Estaba exultante. Su gran momento".
» "Me voy". Supo pronto que se iría; Helmut Schmidt, el canciller alemán, le avisó, en La Moncloa, de que sus correligionarios socialistas irían a por él, con todas las armas. "Pero si me voy". El político alemán le escuchó. Era 1979, tras las elecciones. Los enemigos ya no eran sólo los socialistas; y él había decidido marcharse "en cuanto se organizara el sistema en torno a la Corona". UCD estaba ya en una guerra de todos contra todos, y para seguir Suárez no tenía sino el débil pálpito de sus intuiciones. Decía entonces que él seguiría apoyando incluso a los que lo apuñalaban, si éstos tomaban el mando. Le apuñalaban. Por todas partes. Las turbulencias de 1980 (moción de censura, congreso agitado de UCD) bajan la moral de Suárez y lo ponen en el extremo de la melancolía, donde habita la rabia. En el verano gallego pasa del "no puedo seguir" al "me voy".
Ahí, entre aquellas brumas de verano, pergeña el cambio; si convoca elecciones gana el PSOE, y esa perspectiva considera entonces que puede ser nociva para el sistema que tenía en mente; por eso depositó el legado en Leopoldo Calvo Sotelo, un candidato de consenso entre las familias de UCD que estaban a la greña. El 23-F simboliza el final de un camino; la bruma en la que ahora vive Adolfo Suárez lanza sobre su figura una niebla que nubla también con el aire de las leyendas tanto sus fracasos como sus logros, su ambición, su derrota y su triunfo.
"...Y de tu desventura no murmurar después". Ya no lee a Kipling, ya no sabe nada, sólo que quienes le saludan con afecto son sus amigos. Y cada día se renuevan para él, aunque sean los mismos, y casi siempre son sus hijos. Él no sabe nada. Se levanta, feliz, camina. Se mueve en la historia como un nombre pero su propia memoria es una bruma a la que no llega ni la leyenda.

sábado, 13 de junio de 2009

¿Fué de inspiración masónica la Constitución de la II República (1931), César Vidal.

Aunque las fuerzas políticas que provocaron el advenimiento de la segunda república en abril de 1931 insistieron en el carácter popular y transparente del acontecimiento, lo cierto es que tanto las cortes constituyentes como los primeros gobiernos republicanos contaron con una extraordinaria proporción de masones. Durante los meses siguientes, el nuevo régimen se empeñaría en un enfrentamiento laicista contra la iglesia católica e iniciaría la redacción de un proyecto constitucional de características muy peculiares. Tanto que cabe preguntarse: ¿fue de inspiración masónica la constitución de la segunda república?
La proclamación de la segunda república el 14 de abril de 1931 vino seguida por una extraordinaria actividad política que partía del seno de las logias masónicas. Así, de manera bien significativa, en la Asamblea nacional de la Gran Logia Española de 20 de abril de 1931 —apenas había transcurrido una semana desde el nacimiento del nuevo régimen— resultó aprobada la “Declaración de Principios adoptados en la Gran Asamblea de la Gran Logia Española”. Entre ellos se establecía de forma bien reveladora la “Escuela única, neutra y obligatoria”, la “expulsión de las Órdenes religiosas extranjeras” (una referencia bastante obvia a los jesuitas) y el sometimiento de las nacionales a la ley de asociaciones. En otras palabras, la masonería estaba decidida a iniciar un combate que eliminara la presencia de la iglesia católica en el terreno de la enseñanza, que sometiera la educación a la cosmovisión de la masonería y que implicara un control sobre las órdenes religiosas sin excluir la expulsión de la Compañía de Jesús.

Con semejante planteamiento, no resulta sorprendente que los masones —que hasta ese momento habían participado de manera muy activa en las distintas conjuras encaminadas a derribar la monarquía parlamentaria— ahora se entregaran febrilmente a la tarea de copar puestos en el nuevo régimen. Como expondría el masón José Marchesi, “Justicia”, a los miembros de la logia Concordia en el mes de abril de 1931, “es preciso que la Orden masónica se aliste para actuar en forma que esa influencia que en la vida pública nos atribuyen... sea realmente un hecho, un hecho real y tangible”. Según Marchesi, la masonería debía “escalar las cumbres del poder público y llevar desde allí a las leyes del país la libertad de conciencia y de pensamiento, la enseñanza laica y el espíritu de tolerancia como reglas de vida”. En otras palabras, la masonería debía controlar el nuevo régimen para modelarlo de acuerdo no con principios de pluralidad sino con los suyos propios.

Desde luego, no se puede decir que el éxito no acompañara a esos planes. Por el contrario, los datos al respecto son irrefutables. La segunda gran jerarquía de la masonería, Diego Martinez Barrios, y otros masones ocuparon diversas carteras en el gobierno provisional. Con la excepción de Alejandro Lerroux, que pertenecía entonces a la Gran Logia española, el resto estaban afiliados al Grande Oriente. Así, Casares Quiroga, Marcelino Domingo, Álvaro de Albornoz y Fernando de los Ríos, ministro de Justicia, pertenecían a la masonería. En el segundo gobierno provisional, del 14 de octubre al 16 de diciembre de 1931, entró además José Giral. Se trataba de seis ministros en total aunque algunas fuentes masónicas elevan la cifra hasta siete. A esto se sumaron no menos de quince directores generales, cinco subsecretarios, cinco embajadores y veintiún generales. Para un movimiento que apenas contaba con unos miles de miembros en toda España, se trataba de un éxito extraordinario. Sin embargo, donde se puede contemplar con más claridad el éxito de la masonería es en el terreno electoral.

De hecho, asombra la manera en que las distintas logias lograron colocar a sus miembros en las listas electorales. Los ejemplos, al respecto, resultan, una vez más, harto reveladores. En la zona de jurisdicción del Mediodía de 108 candidatos elegidos, 53 eran masones; en la zona regional madrileña, la Centro, los candidatos masones elegidos fueron 23 de 35; en la zona de la Gran regional de Levante, de los 37 candidatos elegidos, 25 fueron masones; en la zona regional nordeste, de los 49 candidatos, 14 fueron masones; en Canarias, finalmente, de 11 candidatos elegidos, 4 fueron masones. Las cifras completas de masones diputados varían según los autores pero en cualquier caso son muy elevadas dada la escasa extensión demográfica del movimiento. De los 470 diputados, según Ferrer Benimeli, 183 tenían conexión con la masonería. Sin embargo, las logias Villacampa, Floridablanca y Resurrección de La Línea afirmaban en octubre de 1931 que en las cortes había 160 diputados masones, razón por la cual contaban con la fuerza suficiente para lograr la disolución de las órdenes religiosas. Finalmente, María Dolores Gómez Molleda ha proporcionado una lista de 151 diputados masones que debería considerarse un mínimo. En cualquiera de los casos hay que convenir que se trata de una proporción extraordinaria de las cortes y que demuestra una capacidad organizativa extraordinaria. De hecho, el poder de la masonería llegó hasta el extremo de poder imponer como candidatos en provincias a un número de madrileños —una de las provincias donde había más afiliados— realmente muy elevada. Los criterios de funcionalidad de las logias lograron —al parecer sin mucha dificultad— vencer totalmente los localismos.

Detengámonos ahora a ver la manera en que el peso extraordinario de la masonería en las cortes constituyentes quedó distribuido entre los distintos partidos. De los dos diputados liberal-demócratas, uno era masón; de los doce federales, siete; de los treinta de la Ezquerra, once; de los treinta de Acción republicana, dieciséis; de los cincuenta y dos radical-socialistas, treinta; de los noventa radicales, cuarenta y tres e incluso de los ciento catorce del PSOE, treinta y cinco. A estos habría que añadir otros ocho diputados masones pertenecientes a otros grupos. En otras palabras, la masonería extendía su influencia sobre partidos de izquierdas y de derechas, jacobinos y nacionalistas, incluso sobre los marxistas revolucionarios como el PSOE cuyos diputados, por lo visto, no tenían ningún problema en conciliar el materialismo dialéctico con la creencia en el Gran Arquitecto.

Con esas cortes —y esos ministros— iba a abordarse la tarea de redacción de la nueva constitución republicana.

Como tuvimos ocasión de ver en la entrega anterior, el porcentaje de masones que formaron parte tanto de las cortes constituyentes de la segunda república como del gobierno fue extraordinariamente considerable y, sin lugar a dudas, desproporcionado cuando se piensa en un colectivo que en todo el territorio nacional apenas agrupaba a unos millares de personas.
Por si semejante circunstancia no fuera suficiente para asegurar a la masonería una extraordinaria fuerza política, a ella se sumó —y no resulta extraño— una clara voluntad de influir de manera decisiva en el régimen republicano no sólo mediante la ocupación de cargos de decisión sino, muy especialmente, a través de la inyección en aquel de una cosmovisión acentuadamente masónica.

El mismo 20 de abril de 1931, apenas a una semana de la proclamación de la segunda república, se celebró la Asamblea nacional de la Gran Logia española en la que se adoptó una Declaración de Principios que actualizaba la antigua Constitución de la entidad. Entre los ahora introducidos se hablaba de la necesidad de una “escuela única, neutra y obligatoria”, de la “expulsión de las órdenes religiosas extranjeras” y el sometimiento de las nacionales a la Ley de Asociaciones. En otras palabras, se planteaba un esquema laicista en el que la iglesia católica se vería apartada de la enseñanza y además los jesuitas —conocidos por su papel en este terreno y en el de los negocios— desaparecerían de la vida nacional. Por chocante que pueda parecer para muchas mentalidades contemporáneas, la masonería estaba convencida de encontrarse ante una oportunidad histórica verdaderamente excepcional en el curso de la cual podía acometer dos objetivos esenciales para ella: la eliminación de la iglesia católica como rival ideológico y su sustitución por una cosmovisión laicista típica de la masonería.

En el curso de la Gran Asamblea celebrada en Madrid durante los días 23, 24 y 25 de mayo de 1931 —es decir, justo un mes después— la Gran Logia española acordó enviar una carta a Marcelino Domingo en la que se comentaba con satisfacción como “algunos de los puntos acordados en dicha Gran Asamblea han sido ya recogidos en el Proyecto de Constitución pendiente de aprobación” añadiendo: “celebraríamos que usted se interesase para que fuesen incorporados a las nuevas leyes que ha de dictar el Primer Parlamento de la República los demás extremos de nuestra Declaración que aún no han sido aceptados”. Difícilmente, se hubiera podido ser más transparente con un hermano ciertamente bien ubicado en el nuevo reparto de poder.

Durante los meses siguientes —y de nuevo resulta un tanto chocante desde nuestra perspectiva actual— el tema religioso se convirtió en la cuestión estrella del nuevo régimen por encima de problemáticas como la propia reforma agraria. La razón no era otra que lo que se contemplaba, desde la perspectiva de la masonería, como una lucha por las almas y los corazones de los españoles. No se trataba únicamente de separar la iglesia y el estado como en otras naciones sino, siguiendo el modelo jacobino francés, de triturar la influencia católica sustituyéndola por otra laicista. Justo es reconocer, sin embargo, que la masonería no se hallaba sola en ese empeño aunque sí fuera su principal impulsora. Para buena parte de los republicanos de clases medias —un sector social enormemente frustrado y resentido por su mínimo papel en la monarquía parlamentaria fenecida— la iglesia católica era un adversario al que había que castigar por su papel en el sostenimiento del régimen derrocado. Por su parte, para los movimientos obreristas —comunistas, socialistas y anarquistas— se trataba por añadidura de una rival social que debía ser no sólo orillado sino vencido sin concesión alguna. Es verdad que frente a esas corrientes claramente mayoritarias en el campo republicano hubo posiciones más templadas como las de los miembros de la Institución libre de enseñanza o la de la Agrupación al servicio de la República pero, en términos generales, no pasaron de ser la excepción que confirmaba una regla generalizada.

A pesar de todo lo anterior, inicialmente la comisión destinada a redactar un proyecto de constitución para que fuera debatido por las cortes constituyentes se inclinó por un enfoque del tema religioso que recuerda considerablemente al consagrado en la actual constitución española de 1978. En él, se recogía la separación de iglesia y estado, y la libertad de cultos pero, a la vez, se reconocía a la iglesia católica un status especial como entidad de derecho público reconociendo una realidad histórica y social innegable. La Agrupación al servicio de la República —y especialmente Ortega y Gasset— defendería esa postura por considerarla la más apropiada y por unos días algún observador ingenuo hubiera podido pensar que sería la definitiva. Si no sucedió así se debió de manera innegable a la influencia masónica.

De hecho, durante los primeros meses de existencia del nuevo régimen la propaganda de las logias tuvo un tinte marcadamente anticlerical y planteó como supuestos políticos irrenunciables la eliminación de la enseñanza confesional en la escuela pública, la desaparición de la escuela confesional católica y la negación a la iglesia católica incluso de los derechos y libertades propios de una institución privada. Desde luego, con ese contexto especialmente agresivo, no deja de ser significativo que se nombrara director general de Primera Enseñanza al conocido masón Rodolfo Llopis —que con el tiempo llegaría a secretario general del PSOE— cuyos decretos y circulares de mayo de 1931 ya buscaron implantar un sistema laicista y colocar a la iglesia católica contra las cuerdas. Se trataba de unos éxitos iniciales nada desdeñables y en el curso de los meses siguientes, la masonería lograría dos nuevos triunfos con ocasión del artículo 26 de la Constitución y de la Ley de confesiones y congregaciones religiosas complementaria de aquel. En su consecución resultó esencial el apoyo de los diputados y ministros masones, un apoyo que no fue fruto de la espontaneidad sino de un plan claramente pergeñado.

Ha sido el propio Vidarte —masón y socialista— el que ha recordado cómo “antes de empezar la discusión los diputados masones recibimos, a manera de recordatorio, una carta del Gran Oriente (sic) en la que marcaba las aspiraciones de la Masonería española y nos pedía el más cuidadoso estudio de la Constitución”. Desde luego, las directrices masónicas no se limitaron a cartas o comunicados de carácter oficial. De hecho, se celebraron una serie de reuniones entre diputados masones, sin hacer distinciones de carácter partidista, durante el mes de agosto de 1931 para fijar criterios unitarios de acción política. Una de ellas, la del 29 de agosto, tuvo lugar dos días después de presentarse a las cortes el proyecto de constitución y fue convocada por el político de izquierdas Pedro Rico, a la sazón Gran Maestre Regional. A esas reuniones oficiales se sumaron otras en forma de banquetes a las que ha hecho referencia Vidarte en sus memorias.

Desde la perspectiva de la masonería, aquellas reuniones resultaban obligadas porque el proyecto de Constitución planteaba la inexistencia de una religión estatal pero a la vez reconocía a la iglesia católica como corporación de derecho público y garantizaba el derecho a la enseñanza religiosa. En otras palabras, se trataba de un planteamiento razonable en un sistema laico pero, a todas luces, insuficiente para la cosmovisión masónica. Así, no resulta sorprendente que durante los debates del 27 de agosto al 1 de octubre, los diputados masones fueran logrando de manera realmente espectacular que se radicalizaran las posiciones de la cámara de tal manera que el proyecto de la comisión se viera alterado sustancialmente en relación con el tema religioso. Esa radicalidad fue asumida por el PSOE y los radical-socialistas e incluso la Esquerra catalana suscribió un voto particular a favor de la disolución de las órdenes religiosas y de la nacionalización de sus bienes, eso sí, insistiendo en que no debían salir de Cataluña los que allí estuvieran localizados. En ese contexto claramente delimitado ya en contra del moderado proyecto inicial y a favor de una visión masónicamente laicista se llevó a cabo el debate último del que saldría el texto constitucional.

En realidad, como hemos señalado, se trataba no de abordar un tema meramente político sino del enfrentamiento feroz entre dos cosmovisiones hasta el punto de que a cada paso volvía a aparecer la cuestión religiosa.
Así, por ejemplo, cuando se discutió la oportunidad de otorgar el voto a la mujer —una propuesta ante la que desconfiaba la izquierda por pensar que podía estar escorado hacia la derecha— fueron varios los diputados que aprovecharon para atacar a las órdenes religiosas que eran “asesoras ideológicas de la mujer”, asesoras, obviamente, nada favorables a otro tipo de asesoramiento que procediera de la masonería o de la izquierda.

El 29 de septiembre y el 7 de octubre se presentaron dos textos que abogaban por la nacionalización de los bienes eclesiásticos y la disolución de las órdenes religiosas. Los firmaban los masones Ramón Franco y Humberto Torres y recogían un conjunto de firmas mayoritariamente masónicas. Otras dos enmiendas más surgidas de los radical-socialistas y del PSOE fueron en la misma dirección y —no sorprende— contaron con un respaldo que era mayoritariamente masónico. En apariencia, los distintos grupos del parlamento apoyaban las posiciones más radicales; en realidad, buen número de diputados masones —secundados por algunos que no lo eran— estaban empujando a sus partidos en esa dirección. Cuando el 8 de octubre se abrió el debate definitivo —que duraría hasta el día 10— los masones estaban más que preparados para lograr imponer sus posiciones en materia religiosa y de enseñanza, posiciones que, por añadidura, podían quedar consagradas de manera definitiva en el texto constitucional.

El resultado del enfrentamiento no pudo resultar más revelador. Ciertamente siguió existiendo un intento moderado por mantener el texto inicial y no enconar las posturas pero fracasó totalmente ante la alianza radical del PSOE, los radical-socialistas y la Esquerra. El día 9, de hecho, esta visión se había impuesto aceptando sólo como concesión el que la Compañía de Jesús fuera la única orden religiosa que resultara disuelta. Dos días después, el Gran Maestre Esteva envió a los talleres de la jurisdicción una circular en la que urgía la reunión inmediata de todos y cada uno de ellos para enviar motu proprio un telegrama al jefe del gobierno para que apoyara en la discusión que se libraba en el seno de las cortes la separación de la iglesia y el Estado, la supresión de las órdenes religiosas, la incautación de sus bienes y la eliminación del presupuesto del clero. Para lograrlo se ordenaba organizar manifestaciones y mítines que inclinaran la voluntad de las autoridades hacia las posiciones masónicas. Estos actos sumados a una campaña de prensa pudieron crear la sensación de que la práctica totalidad del país asumía unos planteamientos laicistas que, en realidad, distaban mucho de ser mayoritarios.

El resultado final de las maniobras parlamentarias y la acción mediática y callejera difícilmente pudo saldarse con mayor éxito. En el texto constitucional, quedó plasmado no el contenido de la comisión inicial que pretendía mantener la separación de la iglesia y el Estado a la vez que se permitía un cierto status para la iglesia católica y se respetaba la existencia de las comunidades religiosas y su papel en la enseñanza. Por el contrario, la ley máxima de la república recogió la disolución de la Compañía de Jesús, la prohibición de que las órdenes religiosas se dedicaran a la enseñanza y el encastillamiento de la iglesia católica en una situación legal no por difusa menos negativa.

El triunfo de la masonería había resultado, por lo tanto, innegable pero sus consecuencias fueron, al fin y a la postre, profundamente negativas. De entrada, la constitución no quedó perfilada como un texto que diera cabida a todos los españoles fuera cual fuera su ideología sino que se consagró como la victoria de una visión ideológica estrechamente sectaria sobre otra que, sea cual sea el juicio que nos merezca, gozaba de un enorme arraigo popular. En este caso, la masonería había triunfado pero a costa de humillar a los católicos y de causar daños a la convivencia y al desarrollo pacífico del país, por ejemplo, al eliminar de la educación centros indispensables tan sólo porque estaban vinculados con órdenes religiosas. Ese enfrentamiento civil fue, sin duda, un precio excesivo para la victoria de las logias.

Incluso desde el punto de vista de la masonería, el triunfo resultó de corta proyección. Tras la aprobación de la constitución no fueron pocos los masones dedicados a la política que manifestaron su malestar ante las directrices emanadas de distintos órganos indicando los pasos que debían tomar a cada momento. Por una trágica ironía del destino, el texto constitucional impulsado por la masonería acabaría provocando una polarización nacional de la que ni siquiera escaparon los masones. Tras el alzamiento armado del PSOE y de la Esquerra, desencadenado en octubre de 1934 contra el gobierno legítimo de la república, algunos masones, especialmente del partido radical, comenzaron a despegarse de las posiciones de izquierda e incluso en julio de 1936 decidieron apoyar el alzamiento contra el frente popular. Sería éste un episodio poco conocido que, significativamente, alabaría Franco en alguno de los artículos que escribió sobre la masonería bajo el pseudónimo de Jakim Boor. Así, ni siquiera las logias se verían libres de las semillas de la división y el sectarismo que tanto habían contribuido a sembrar en el articulado de la constitución de 1931 ni de contemplar como unos hermanos iban a enfrentarse a otros en los campos de batalla de España.

AUNQUE (6 de mayo de 2003)

Aunque los europeos ejercen el derecho constitucional de votar con saludable rutina democrática pocos imaginan que en un rincón de Europa el miedo y la vergüenza oprimen a los ciudadanos.

Aunque la memoria del Holocausto sea honrada en Europa por el deseo de rehabilitar a las víctimas de la barbarie e impedir que el horror vuelva a cometerse, pocos europeos saben que hoy mismo en el País Vasco ciudadanos libres son injuriados y asesinados.

Aunque parezca mentira, hoy los candidatos de los ciudadanos libres del País Vasco están condenados a muerte por los mercenarios de ETA y condenados a la humillación por sus cómplices nacionalistas.

Aunque ciudadanos del País Vasco sean asesinados por sus ideas, y miles hayan sido mutilados o trastornados, los atentados se realizan y celebran en una penosa atmósfera de impunidad moral propiciada por las instituciones nacionalistas y por la jerarquía católica vasca.

Aunque los partidos nacionalistas aprovechan las garantías constitucionales de la democracia española, ciudadanos libres del País Vasco deben esconderse, disimular sus costumbres, omitir la dirección de su domicilio, pedir la protección de escoltas y temer constantemente por su vida y la de sus familiares.

Aunque sea frecuente la tentación de ignorar lo que sucede, pedimos a los ciudadanos europeos que el próximo 25 de mayo (día de las elecciones municipales en España) declaren el estado de indignación general: en memoria de las víctimas que en el País Vasco mueren por la libertad, en honor de los que hoy mismo la defienden con el coraje que en un día no muy lejano conmoverá a Europa.


Fernando Arrabal, Alfredo Bryce Echenique, Michael Burleigh, Paolo Flores d'Arcais, Carlos Fuentes, Nadine Gordimer, Juan Goytisolo, Carlos Monsiváis, Bernard-Henri Lévy, Paul Preston, Mario Vargas Llosa y Gianni Vattimo.

Memorial de Egreuges de los diputados de Zaragoza, Valencia, Barcelona y Palma dirigido a Carlos III (1760)

(Transcripción del original existente en el Archivo de la ciudad de Barcelona por Ramón Gonzalvo)
Los diputados de las ciudades de Zaragoza, Valencia, Barcelona y Palma, postrados a los Reales Pies de V.M., cumplimos ya con nuestra primera obligación, prestando el juramento de fidelidad, que debemos a V.M., y que con indecible gozo nuestro reconoció V.M. en todos los naturales de los cuatro Reinos de su Corona de Aragón. Pues aún antes que diésemos este público testimonio de nuestra rendida obediencia; apenas V.M. puso los pies en España, viendo el júbilo, y alborozo con que lo recibieron, y aclamaron los catalanes, y aragoneses, y constándole que era igual en los valencianos, y mallorquines, explicó estar muy satisfecho de su amor, celo, y fidelidad en los primeros RR. DD., con que V.M. empezó a ejercitar a un mismo tiempo su soberana autoridad y su heroica clemencia.

Debemos, Señor, ya que la ocasión se proporciona, dar a V.M. las más humildes gracias por la piedad con que se dignó perdonar los tributos que debiesen a la Real Hacienda los pueblos de la Corona de Aragón. Pero si hemos de decir lo que sentimos, según es justo hablando con V.M., mayor aprecio merecieron en nuestra estimación las honrosas palabras con que V.M. explicó su real satisfacción, las que impresas en nuestros corazones, llenándolos de gozo, y confianza, nos alientan a postrarnos por segunda vez a los pies de V.M. para dar nuevas pruebas de nuestra fidelidad, desempeñando la obligación que tenemos de procurar el mayor bien de sus leales vasallos, y paisanos nuestros.

Ofendiéramos a V.M. si sospechásemos que ha de, disgustarse de que manifestemos el amor que tenemos a nuestra Patria, y el deseo de su felicidad. Porque ¿cómo puede ofenderse de que amemos a los mismos que V.M. ama con la mayor ternura, y de que deseemos la felicidad, que V.M. desea con la mayor ansia?. Bien puede decirse que son la Patria de V.M. todas las ciudades, villas y aldeas de España; y a sus naturales, más que como a paisanos mira V.M. como hijos. ¡Que gozo tuviera V.M. si lograra, que todos sus vasallos fuesen felices! A este fin se dirigen sus cuidados, y sus inmensas fatigas, a que ninguno sea infeliz. Y como V.M. acude pronto al socorro de los miserables, dejan de serlo luego que V.M. sabe que lo son, y quiere saberlo para remediarlo. Obedeciendo pues a V.M. expondremos en esta humilde representación lo que juzgamos puede contribuir a que en el feliz reinado de V.M. sean felices los Reinos de la Corona de Aragón.

Al principio de este siglo el señor Felipe V (que esté en gloria) tuvo por conveniente derogar las leyes, con que hasta entonces se habían gobernado los Reinos de la Corona de Aragón, mandando que en adelante se gobernasen con las de Castilla; sin duda con el recto fin, y con la inteligencia de que esta igualdad, y uniformidad entre las partes había de ceder en gran beneficio del Cuerpo de la Monarquía. Se descubrió a primera vista en esta providencia la equidad, y el celo del bien público; pero son imponderables los males que en su ejecución han padecido aquellos Reinos contra la piadosa intención del glorioso padre de V.M. Era muy arduo el negocio, y muy inminente el peligro de causar gravísimos perjuicios. Porque si cualquier novedad en el gobierno, aún la más útil se considera arriesgada, y siempre trastorna; ¿cuanto había de trastornar una entera mudanza del antiguo gobierno de aquellos Reinos?. Para ejecutarlo con acierto, se necesitaba de mucho tiempo, y de una superior práctica inteligencia. Por más sabios, íntegros, y celosos que fueren, como en verdad lo fueron, los ministros, a quienes la majestad del señor Felipe V encargó el establecimiento, que se requería para juzgar que novedades eran útiles, y las que no podrían dejar de ser dañosas al público, y a la real autoridad.

Es muy regular, Señor, que los hombres pensemos que todas las cosas de nuestra tierra son las mejores. Y así se observó, que aquellos ministros aboliendo las leyes civiles y económicas de los Reinos de la Corona de Aragón, introdujeron todas las de Castilla, juzgando que esto convenía al real servicio, y al bien público. Pero luego se conoció, que la general abolición de aquellas leyes perjudicaba a la Regalía, dando mayor extensión a la inmunidad y jurisdicción eclesiástica de la que permitían los Fueros de la Corona de Aragón; y en su consecuencia declaró S.M. que no debían entenderse derogados en esta parte. También declaró no ser su voluntad privar a los particulares de las gracias, y privilegios que por sus servicios les concedieron los progenitores de V.M. Y quiso asimismo que en lo civil se guardasen las leyes municipales de los Reinos de Aragón, Cataluña, y Mallorca, no alcanzándose la razón por la que esta providencia no ha de extenderse al Reino de Valencia que también tenía sus propias leyes municipales.

Se ve claramente, Señor, que el ánimo del glorioso padre de V.M. no fue otro que el de atender, a su real servicio, y al bien de sus vasallos, por lo que graciosamente concedió todo lo que no se oponía a estos fines. Mas, o porque no se lo permitieron las continuas guerras de su reinado, o porque nuestros padres llenos de respeto no se atrevieron a representarlo, dejó V.M. de cortar muchas novedades que sin la menor validez del real servicio son muy dañosas al bien público.

Antes gobernaban las ciudades de la Corona de Aragón cinco o seis Jurados o Conselleres que en cada año se elegían por suerte entre los ciudadanos de diferentes clases, que juzgándose capaces entraban en las bolsas, o sacos para el sorteo. Ahora gobiernan a las ciudades Capitales, veinticuatro a las otras más de seis Regidores, y perpetuos, que V.M. elige a consulta de la Cámara. Y aunque no nos detengamos a considerar si aquel antiguo gobierno, el mismo que vemos en todas, o casi todas las ciudades de Europa, es más provechoso que el nuevo al bien común, y al real servicio, no podemos dejar de confesar que los Regidores están menos atendidos y venerados del pueblo que estuvieron los Jurados y por consiguiente son menos útiles al mismo pueblo.

Muchas son, Señor, las causas del poco respeto que ahora merecen los magistrados de las ciudades. Los Corregidores tienen mayores facultades que tenían antes los Justicias, que podían llamarse compañeros de los Jurados, y los Intendentes tienen tantas privativas, que es muy poca o ninguna la autoridad de los Regidores. Las Audiencias con cualquier motivo se infieren en el gobierno económico de las ciudades, mudando las antiguas reglas, prescriben nuevas que dicen ser conformes a las Leyes de Castilla; con el título del alivio, o beneficio del público despojan a los Regidores de las preeminencias y distintivos que son más honrosos que útiles pidiéndoles que enseñen privilegios, sin contentarse con la costumbre y posesión inmemorial.

De éstos y otros procedimientos que desautorizan a las ciudades, proviene el vulgar pernicioso concepto de que no tienen los Regidores las circunstancias apreciables que tuvieron los Jurados. No nos empeñamos, Señor, en defender el honor de su persona, mas no debemos abandonar la defensa del honor de sus empleos, y menos el de los Reyes que los eligieron, porque es preciso que si no son lo que deben ser, recaiga en parte la culpa sobre S.M., o sobre la Real Cámara que los consultó. Sin embargo, no podemos negar, que son pocos los hombres de honor, y conveniencias que pretendan Regidorías, son muchos los que las renuncian, y puede temerse que ninguno quiera servirlas. Parece que si la Cámara tomase informes de las mismas ciudades, como se interesa el honor de los Regidores en que lo tengan sus compañeros podría contribuir al acierto de las elecciones.

También son muy gravosas, y apartan a muchos hombres de honor del gobierno de las ciudades las Residencias del modo que se toman. Pues vemos en esta Corte, una tropa de jóvenes que con el título de abogados pretenden varas, mientras que se madura su pretensión, solicitan alguna Residencia. Cuando lo logran van acompañados de receptores y alguaciles, no con el fin remediar los abusos, sino con el deseo de hallarlos para sacar mayor provecho ajustándose con los culpados a menos que no sean muy pobres. Así casi siempre declaran a los Corregidores y Regidores, por buenos ministros, dignos de que V.M. los atienda, quedan sin castigo los delitos, cofúndense los buenos con los malos, y por buenos que sean los Corregidores padecen de tres a tres años el desaire y perjuicio de estar treinta días sin jurisdicción, y sin salario; y así éstos como los Regidores que cumplieron con su obligación teniendo muy corto o ningún sueldo, salen condenados a pagar de sus propios las costas de las Residencias. Es muy justo, Señor, que se averigüe el proceder de los que gobiernan los pueblos, pero del mismo modo que en los siglos pasados puede V.M. ahora por medio de las visitas, o pesquisas, cuando la necesidad lo pida, castigar a los culpados, y remediar los excesos.

Pero sea lo que fuere la causa de que los magistrados de las ciudades, y villas de la Corona de Aragón, estén menos autorizados, de lo que estuvieron en los siglos pasados, lo cierto es, Señor, que del buen gobierno inmediato de los pueblos, depende principalmente su felicidad, y la de toda la Monarquía. Aunque tengamos la dicha de que V.M. sea Rey y padre de sus vasallos; y aunque sus primeros ministros sean muy celosos, no siéndolo los Corregidores y Regidores de los pueblos, las más benignas providencias se inutilizan. Pero si éstos son buenos como deben serlo, las órdenes más rigurosas se ejecutan con tal suavidad y prudencia que se hacen poco sensibles.

Tuvieron antes las ciudades de aquellos Reinos muchas facultades en lo que toca a su gobierno económico las cuales de ningún modo pueden considerarse ajenas de la subordinación debida a la suprema real Autoridad de que dimanan y dependen, ejercitándola los jurados, o regidores por gracia y en nombre de V.M. y como ministros suyos. De esta suerte estando autorizadas por V.M. las ciudades para establecer gremios, aprobar sus ordenanzas, y para otras cosas concernientes al gobierno económico, se excusarían de los inmensos gastos, e incomodidades que los naturales de aquellos Reinos sufren, habiendo de acudir para negocios de esta naturaleza a los Supremos Tribunales de la Corte, que los resuelven con los informes que dan las ciudades instruidos de su utilidad.

Cada Reino tenía sus Diputados, que lo representaban en sus tres brazos, eclesiástico, noble y real, contribuyendo todos a beneficio común de los pueblos diferentes tributos generales, que se impusieron para este fin. Estos tributos perseveran, sin embargo de haberse extinguido las Diputaciones, con notable perjuicio de aquellos Reinos. Pues así como es muy conveniente, que en cada pueblo haya un Procurador General, que atienda a su bien común, y proteja a sus vecinos desvalidos; así también sería muy provechoso que cada Reino tuviese en su ciudad Capital, y en esta Corte Diputados, con el fin de mirar por el bien público, y de amparar a muchos pueblos miserables, que ni tienen caudales para venir a la Corte, ni voces para manifestar a V.M. sus trabajos. Solamente podrán reprobar y resistir este establecimiento aquellos ministros que aspirasen a ser absolutos en las provincias, y para obrar con un dominio ilimitado, y aún independiente de la superioridad, quisieran que no hubieran recursos a V.M. ni a sus Supremos Tribunales. Cuantas vejaciones, Señor, y cuantas calamidades se hubieran evitado en aquellos Reinos, si destinasen los Tribunales de la Generalidad o Diputación a los designios para que se impusieron, hubiese habido Diputados, que postrados a los reales pies de los piadosos padre y hermano de V.M. hubiesen hecho las debidas humildes representaciones.

Omitimos, Señor, otros muchos males que están sufriendo aquellos Reinos sin el consuelo de sufrirlos por servir a V.M. No los atribuimos a las Leyes de Castilla; reconocemos que son muy justas, y muy útiles a los Reinos de sus Corona. Mas no podemos decir que fuesen injustas las Leyes de Aragón; sin faltar a la verdad, y al respeto debido a sus augustos Reyes, dignísimos progenitores de V.M. que las establecieron; y las promulgaron.

Pensarán quizá algunos que teniendo los españoles un mismo Rey, conviene que tengamos una misma Ley, para que sea perfecta la armonía, correspondencia y unión de las partes de esta Monarquía. Mas por poco que lean, y por corta reflexión que hagan, conocerán claramente que así como el cuerpo humano no es uno y perfecto porque sus partes aunque distintas, y desemejantes obedecen a la cabeza, o al alma que es de ella, así también es uno y perfecto el cuerpo de la Monarquía, porque sus partes o provincias, aunque tengan diferentes Leyes Municipales, obedecen y están sujetas a V.M. Su real voluntad, Señor, es una Ley Suprema Universal, que une a todos y los obliga a sacrificar las haciendas, y vidas en defensa de V.M. y del bien común. La diferencia del gobierno y de las leyes municipales de los Reinos de España ni se oponen en un ápice a la soberanía de V.M. ni a la unión entre sus vasallos, ni a la verdadera política; antes bien la misma política, la prudencia, y la misma moral natural dictan, que siendo diferentes los climas de las provincias, y los genios de sus naturales, deben ser diferentes sus Leyes, para que esté bien ordenado el todo, y sea dichoso el cuerpo de esta Monarquía.

¿Acaso dejan de ser perfectas la Monarquía francesa, la austriaca, y otras, porque las provincias que las componen tienen diferentes leyes?. Sin salir de España, y sin salir de la Corona de Aragón hallamos una prueba convincente de que es muy provechosa la prudente diversidad de las leyes municipales; por eso sus cuatro Reinos las tuvieron muy diferentes. Y aunque no es de admirar, que los fuesen en Cataluña y Aragón, habiendo sido en su principio distintos sus soberanos; pero es digno de consideración, que uno de los mayores héroes que V.M. cuenta entre sus ascendientes, el señor Rey don Jaime I de Aragón, no menos político que guerrero, recobrando del poder de los moros los Reinos de Valencia y Mallorca, y poblándolos de los mismos aragoneses y catalanes que lo sirvieron en la conquista, no les dio las Leyes de Aragón, ni de Cataluña, sino otras especiales, y las más aptas para hacerlos felices. Todos los Reinos de la Corona de Aragón tuvieron sus propias distintas Leyes, y obedientes a la Ley Suprema de la justa voluntad de sus Reyes, les dieron los más heroicos ejemplos de fidelidad en su servicio, y tanta gloria dentro y fuera de España, que por proloquio se dijo, tener la casa de Aragón la prerrogativa de producir Reyes excelentes. En efecto conquistadas por el Señor Rey don Jaime, con estupenda celeridad las provincias que en la repartición de esta península cupieron a la Corona de Aragón, su hijo el Señor Rey don Pedro, y sus sucesores salieron de ella a pelear, y vencer a las naciones más belicosas de Europa. !Y con qué pródiga generosidad sus fieles vasallos derramaron la sangre en las Campañas y mares de Sicilia, y Nápoles!. Qué heroicas proezas hicieron para colocar a los Reyes de Aragón en aquel trono que V.M., como heredero suyo tan dignamente ocupó, y ha dejado a su amado hijo el señor don Fernando.

Mejor que nadie conoce V.M. cuan preciosa es la Corona de las dos Sicilias, y sabiendo cuanto costó ganarla a los aragoneses, catalanes, valencianos y mallorquines, se explica muy satisfecho de la fidelidad que experimentaron sus gloriosos progenitores. Todo esto ignoran los que juzgan, que era monstruosa la Corona de Aragón, por la diversidad de las Leyes con que se gobernaban sus cuatro Reinos, y que unida con la de Castilla deben gobernarse por las Leyes de ésta. Ni aún tienen presente que el señor don Fernando de Aragón, por cuyo feliz matrimonio con la señora doña Isabel Reina propietaria de Castilla, se unieron ambas coronas, siendo tan político, y tan celoso de la Real autoridad, ni quiso, ni pensó alterar las antiguas Leyes, con que hasta entonces se habían gobernado y mantenido florecientes los Reinos de su Corona de Aragón. Sin tener más motivo que haber oído al vulgo, que ha de ser uno el Rey, y una la Ley, sin dar otra razón que la de que así se hace en nuestra tierra, muchos empleados en aquellos reinos quebrantan las más loables costumbres, y ordenanzas, e introducen cada día perniciosas novedades.

Pero los mismos que pretenden que en aquellos Reinos se observen con rigor las Leyes generales, y aún las particulares de los pueblos de Castilla, que no son gravosas, no quieren que se cumplan las que nos son favorables oponiéndose a la justa intención del glorioso padre de V.M. que mandó se guardase una perfecta igualdad en la distribución de las cargas, y de los premios. En esta parte, Señor, insta la mayor necesidad de que imploremos vuestra real clemencia, pues es tan notoria la desigualdad, son tantos y tan patentes los agravios, que representando a V.M. algunos, diremos menos de los que todos saben que sufrimos.

Para conocer la gran desigualdad, que en la distribución de los empleos han padecido los naturales de la Corona de Aragón, basta considerar que sus cuatro Reinos son la tercera parte de España, quitada la Corte, que es la Patria común de todos, y poner los ojos en los que actualmente están empleados en las Togas, Iglesias, y en la Pluma. Pues empezando por esta última clase, media entre las armas y las letras, cuando V.M. vino a reinar en España, y en nuestros corazones, no había más de un Intendente de Ejército y de Provincia, otro Comisario ordenador, ningún Director de Rentas, ningún Contador, ningún Secretario de la Cámara, ni de los Consejos, y siendo innumerables los empleados de las Secretarias y demás oficinas de esta Corte y de las Provincias, siendo tantos los Corregidores, son poquísimos los naturales de aquellos Reinos, hasta las Regidorias de sus Ciudades capitales se han dado a muchos que no nacieron en ellas.

Se ha faltado muy poco para excluir del todo a los naturales de la Corona de Aragón de las primeras dignidades eclesiásticas. Son cerca de ciento las mitras que V.M. provee en sus dominios: las de la Corona de Aragón son diecinueve, y de éstas tienen solamente dos los aragoneses, tres los catalanes, otra un valenciano, y otra un mallorquín; y parece que habrán sido muy pocos los consultados para obispados, siendo muchos los curas canónigos y generales de las sagradas religiones naturales de aquellos Reinos, sujetos muy beneméritos por su virtud, y literatura. Y como vemos que los obispos prefieren a sus paisanos para las prebendas que vacan en sus meses, por esta parte quedan sin premio aquellos eclesiásticos singularmente aplicados al estudio, al culto divino, a la predicación y a la administración de los sacramentos.

Esperamos, que serán atendidos en las provisiones que tocan a la Corona en virtud del Concordato con la Sede Apostólica; y sin duda fue el ánimo del piadoso hermano de V.M. que se presentaran para las dignidades eclesiásticas los vasallos mas dignos sin acepción de personas; pero luego se defraudaron nuestras justas esperanzas viendo que las mejores no se daban a los naturales de aquellos Reinos. Por último sabemos que son poquísimos los eclesiásticos de la Corona de Aragón, que para premiar sus estudios o para estimularles a que los prosigan, se les hayan dado pensiones sobre los obispados.

En la distribución de las Togas salta a los ojos la desigualdad o el agravio que han sufrido los naturales de aquella Corona; pues sin contar las de Indias, en las Cancillerias y Audiencias de Castilla, y en el Consejo de Navarra, son mas de cien las plazas, de las cuales obtienen dos los aragoneses, y otra un valenciano. En las Audiencias de la Corona de Aragón, manifestó la majestad del señor don Felipe V ser su voluntad por muchas justas razones, que a lo menos la mitad de sus Ministros fuesen nacionales, y componiéndose como se componen de cincuenta y cinco, solos veinte son naturales de aquellos Reinos. En el Consejo de la Suprema y General Inquisición ninguno, y no más en los otros quince tribunales de España. En los Consejos que V.M tiene en su Corte, son sesenta y nueve los Ministros Togados, y solamente en el de Castilla hay uno valenciano, un aragonés en el de Ordenes, y dos Alcaldes de Corte cuyos padres fueron Camaristas. Y así puede decirse que en esta carrera los naturales de aquellos Reinos, no han tenido otro premio que el de las pocas plazas que se han considerado nacionales y han tardado a vacar mucho tiempo por no haber ascendido a los Consejos, ni a las Regencias, a excepción de uno los que las obtuvieron.

Esta verídica sencilla enumeración muestra, Señor, la razón que tenemos para lamentarnos de nuestra desgracia, la cual de ningún modo podemos atribuir al glorioso padre de V.M., cuya intención hemos dicho y repetimos muchas veces, fue la más recta: pues derogando con los demás Fueros o Leyes de Aragón la que excluía de los empleos de cada uno de ellos a los que no fuesen sus naturales, y mandando que en adelante los Castellanos pudiesen obtenerlos; habilitó al mismo tiempo a los de la Corona de Aragón para que los obtuviesen en Castilla. Quiso S.M. que ambas Coronas se diesen promiscuamente los empleos, sin distinción de Naciones, y con la sola atención a los méritos. Abrió la puertas de unos y otros Reinos; y en efecto los Castellanos las hallaron abiertas, y entraron francamente en Aragón a poseer las mejores conveniencias: mas para los Aragoneses, Catalanes y Valencianos han estado casi cerradas las de Castilla.

No pudo aquel gran Rey dignamente ocupado en el gobierno universal de esta Monarquía, velar sobre el cumplimiento de su voluntad, descendiendo en los casos particulares de tantas provisiones a examinar el mérito de los que dejaban de ser atendidos. No culpamos a los consultores, que reconocemos celosos y muy timoratos. Quizás dirían que no conocían en aquellos Reinos sujetos dignos de las reales gracias. ¿Pero qué, no pidieron informes, según previenen las Leyes, a los Obispos y Regentes. Acaso informaron éstos, que no hallaban eclesiásticos, ni seculares beneméritos?. ¿A tal extremo había de llegar nuestra desgracia, que se quisiese justificar el perjuicio de no dar premios a los naturales de aquellos Reinos o el otro más sensible de negarles el honor de merecerlos?.

Es cierto, Señor, que habiendo estado tantos años desatendidos nuestros paisanos, podríamos temer que aflojasen en el estudio de las ciencias; pero no ha sido así: por su buena índole y por su amor a las letras, sin el estímulo del premio, han hecho en ellas los mismos admirables progresos que hicieron en los siglos pasados, cuando lograban que se remunerara su aplicación. Las Universidades de aquellos Reinos se han mantenido sin la decadencia que dicen se experimenta en las de Castilla; las exceden sin duda en el número de estudiantes, y sus catedráticos no son inferiores en la sabiduría, y el en cuidado de la enseñanza de sus discípulos. No vienen, es verdad, como los de las Universidades de Castilla a pretender a las Cortes; pero a nuestro modo de entender, los ministros que son los ojos de los Reyes, extendiendo la vista a todos los Reinos de la Monarquía, y registrando sus Iglesias, Universidades y Academias hallarán a los que son tanto más beneméritos cuanto más modestos, y retirados. Así lo persuaden las experiencias recientes, y adaptadas a los intentos en los sabios y virtuosos prelados paisanos nuestros, que salieron de su retiro a ilustrar con su doctrina, y edificar con su ejemplo las santas iglesias de Palermo, Córdoba, Lugo, Rijoles, y Lérida.

Gracias a Dios, Señor, y gracias a V.M. por las muchas apreciabilísimas honras, que el en corto tiempo de su feliz reinado a dispensado a nuestros paisanos. A tres ha nombrado V.M. por sus Embajadores, a uno ha elegido Virrey de la Nueva España, a otro Intendente de Ejército y Provincia: y las dignidades eclesiásticas que han vacado en las iglesias de aquellos Reinos las ha dado V.M. a sus naturales. ¡Cuanto se ha mejorado nuestra suerte!. Cuanta seguridad debemos tener de que dilatándose como deseamos, la preciosa vida de V.M. hemos de ser felices.

Alaben otros más elocuentes la pericia militar, la constancia, la fortaleza, la generosidad, y las demás heroicas virtudes, que hacen a V.M. respetable a todo el orbe, mientras que nosotros veneramos en su dichoso gobierno las máximas más justas, y más útiles al bien público y muy conformes a la política con que los insignes progenitores de V.M. gobernaron y prosperaron los Reinos de la Corona de Aragón, pues V.M. manifiesta tener por conveniente que las dignidades de cada Reino se confieran a sus naturales, y aquellos sabios monarcas lo establecieron por leyes municipales, que excluyan de los empleos, menos de los Virreinatos, y arzobispados, a todos los que no fuesen naturales de aquellos Reinos.

Estas leyes, Señor, si bien se mira, a nadie perjudican, ni pueden considerarse privilegios exorbitantes; porque ¿qué agravio se hacia a los Castellanos en no darles empleos en Aragón, privándose los aragoneses de tenerlos en Castilla? ¿Cómo observándose la más perfecta igualdad puede faltarse a la justicia distributiva?. ¿Y cómo pueden atribuirse a espíritu de discordia, o mala voluntad de los aragoneses a los castellanos unas Leyes que comprendían a los mismos naturales de los Reinos de aquella Corona, que injustamente se amaban, y mutuamente se socorrían?. Ni los catalanes podían tener empleos en Aragón, ni los aragoneses en Cataluña, ni unos, ni otros en Valencia. Y aquí vuelve a ofrecerse la reflexión que antes hicimos, de que habiendo los aragonés y catalanes conquistado, y poblado el Reino de Valencia, quedaron excluidos de sus empleos; y es que, aquellos grandes Reinos, y sus sabios Consejeros, conociendo que según el derecho natural, los padres de familia deben gobernar sus casas, y los ciudadanos sus ciudades, entendieron que era consecuencia de este derecho muy justo, y muy provechoso, que a cada Reino le gobernaran sus propios naturales, subordinados a la Suprema Voluntad de sus Soberanos.

Permitamos, Señor, V.M. que expongamos algunas de las muchas razones que tuvieron sus augustos progenitores, para juzgar ser útil al bien de los particulares, al común del Estado, y al real servicio , que en cada Reino obtengan los empleos sus naturales. Es útil, este establecimiento al bien de los particulares. Lo primero, por que los de una Provincia tienen el genio muy diferente de los de la otra, y aunque cada uno piensa que el suyo es el mejor, no puede negarse, que conviene mucho que congenien los que mandan, y obedecen, siendo insufrible para los de un genio blando obedecer a los que lo tienen duro.

Lo segundo, porque con esto se evitan seguramente la desigualdad en la distribución de los premios, la envidia, y las quejas, que de otro modo son inevitables. No hubo la menor discordia entre aragoneses, catalanes, valencianos y mallorquines, ni tuvieron envidia a los castellanos todo el tiempo que en cada uno de aquellos Reinos obtuvieron los empleos sus naturales. Ningún Reino era más dichoso que otro: ninguno era superior a los demás: los naturales de uno no mandaban a los del otro: sólo el Rey mandaba a todos, y todos le obedecían con singular gusto, y con la más rendida constante fidelidad. Todos estaban muy contentos, y satisfechos con el honor, y provecho que tenían empleados en su propia patria o con la esperanza de merecerlo, y conseguirlo. Más no podremos decir otro tanto después que se han visto privados del honor, y de la esperanza.

No puede negarse que los naturales de la Corona de Aragón por lo común no se ayudan, ni apetecen honras, y conveniencias fuera de su patria. Salen muchos de aquellos Reinos, vienen a Castilla, mas no a servir con comodidad en las casas, ni con el fin de llegar a mandar en ella, sino a ganar la comida trabajando en los campos, o en las fábricas, y procurando ser útiles en todas partes: Y este deseo de acomodarse en su propia patria, sin aspirar al mando en la ajena, viene de tan antiguo que de costumbre ha pasado a ser genio, o naturaleza. Así lo muestran las mismas Leyes, que fijaban los empleos de cada Reino a sus naturales, establecidas con universal satisfacción de todos, y lo comprueban las Historias. Conquistaron los aragoneses, catalanes, valencianos, y mallorquines, como se dijo, a Cerdeña, Sicilia, y Nápoles, y a excepción de algunos pocos que quedaron heredados, y se connaturalizaron en aquellos Reinos, los demás se volvieron a España, dejando el gobierno de ellos a sus naturales. De esta moderación proviene sin duda que en los Reinos de Italia no hubo turbaciones, ni alborotos mientras que estuvieron sujetos a los señores Reyes de Aragón; y ésta también es la causa porque los Reinos de aquella Corona están muy cultivados, y poblados que los de Castilla, cuyos naturales los abandonaron por ir a otras provincias. Atendidas pues las diferencias de genios, aparece muy útil, y aún necesario que los empleos de cada Reino se confieran a sus naturales, para que así seguramente se distribuyan con equidad entre los beneméritos.

Esta suave providencia no es menos útil al bien común de aquellos Reinos que al bien de sus particulares. Porque a más de la experiencia de tantos siglos lo demuestra, es evidente, que así como el menos advertido sabe más en su casa, que el más cuerdo en la ajena; así los que nacen, y se crían en una Provincia, conocen mejor que otros lo que conviene a su mayor bien. Y cualquiera que esté enterado de los pasos con que aquellos naturales ascendían a los primeros empleos, ha de confesar que eran los más propios, para que estuviese bien instruidos en los negocios que manejaban.

No salían inmediatamente de las Universidades, ni de los Colegios al ministerio. Después de haber estudiado la Jurisprudencia especulativa, y ejercitándose algunos años en la práctica, unos empezaban a servir los empleos de asesores del Gobernador, de los Justicias Civil y Criminal, y del Bayle de las ciudades Capitales, y otros iban a serlo de los Gobernadores que residían en las Ciudades y villas cabezas de Partido. A los que mejor desempeñaban su obligación, elegía S.M. Ministros Togados de las Audiencias, en que también había algunos caballeros de capa que entendían en los negocios políticos. De aquellas Audiencias por real nombramiento, venían los más beneméritos al Consejo Supremo de Aragón establecido en esta Corte y compuesto de un Presidente, de un Vicecanciller, de un Protonotario, de un Tesorero, de un Fiscal, de seis Ministros Togados, dos de Aragón, dos de Cataluña, y dos de Valencia, de tres de capa y espada, y de cuatro Secretarios, que lo habían sido en las Audiencias.

Siendo tan regular esta carrera para conseguir los empleos más honrosos, eran muchos los jóvenes nobles y ricos que se dedicaban al estudio de la Jurisprudencia práctica, y al ejercicio de abogados, con gran utilidad del público, que se interesa mucho en que lo sean hombres de honor y conveniencias. Pero ahora son muy raros los de esta clase que se aplican a la abogacía. Habiendo transcendido a aquellos Reinos el vulgar modo de pensar el ejercicio de la abogacía se reputa ejercicio de pobres, se mira con menos estimación que antes, no se considera carrera, y realmente no lo es, pudiendo solamente tener los abogados y catedráticos de aquellas Universidades las esperanzas de conseguir una plaza nacional, y muy remotas, ya porque algunos han sido preferidos a los más ancianos, ya porque tardan mucho tiempo a vacar, envejeciendo los que las obtuvieron y muriendo Decanos sin ascender, como ha sucedido en nuestros días a unos hombres verdaderamente distinguidos por su nobleza, integridad y sabiduría.

No puede dudarse, Señor, que conviene mucho a la recta administración de justicia, y al buen gobierno de los Reinos, que los ministros antes de serlo tengan una ciencia práctica de los negocios. Sin ella por más que sepan del derecho de los romanos, que se estudia en las Universidades, al principio no pueden dejar de cometer muchos yerros; y la circunstancia de naturales es más precisa en los Reinos de la Corona de Aragón, debiendo juzgarse sus causas por leyes particulares, desconocidas aún de los castellanos más prácticos en la suyas. En los de Cataluña, Valencia y Mallorca los procesos, y las escrituras de los siglos pasados están en su lengua vulgar, que al cabo de tiempo entienden medianamente los Castellanos, pero jamás todas sus palabras, y menos la energía de muchas, cuyas inteligencia depende la justa decisión de los pleitos.

Los Ministros de aquellas cuatro Audiencias, y del Supremo Consejo de Aragón, a más de que entendían perfectamente su lengua nativa, habiendo ascendido por los pasos que hemos dicho, podían tener toda la práctica e instrucción que se requería para la pronta y acertada expedición de los negocios de justicia y gobierno. Estaban así mismo encargados los ministros de aquel Consejo de las consultas de las dignidades eclesiásticas, y de los empleos seculares del real patronato, y como tenían un cabal conocimiento del merito de sus patricios, podrían proponer a los más dignos.

Se unió el Consejo de Aragón al de Castilla, que parece debiera llamarse de España, así como después que se unieron en los señores don Fernando y doña Isabel ambas Coronas se llamaron, y se llaman Reyes de España. Los Ministros del de Aragón pasaron al de Castilla, añadiéndose a éste un Fiscal, en lugar del Protonotario, y de los cuatro Secretarios se nombro uno de Cámara, y un Escribano. Los negocios del Patronato de aquella Corona a la Cámara y los de la Hacienda Real a su Consejo, en los cuales también entendía antes el de Aragón.

Los Ministros que aconsejaron se suprimiera o uniera al de Castilla el Consejo de Aragón, discurrieron sobre otros principios que aquellos, que dos siglos ha fueron de dictamen que se estableciera un nuevo Consejo de Italia, que entendiera en los negocios de su Reino, que antes se trataban en el Supremo de Aragón, y es de reparar que estando aquellas Provincias desde el tiempo de su conquista unidas a la Corona de Aragón, no sólo los de su Consejo no se opusieron a su división, sino que la promovieron, contemplando ser muy útil, que los mismos italianos gobernaran sus Reinos. Pues aún es más digno de reparo, que habiéndose dispuesto que en el nuevo Consejo de Italia intervinieran algunos Ministros Españoles, y teniendo los naturales de la Corona de Aragón notorio derecho para ser preferidos, ni lo pretendieron, ni lo imaginaron, cediendo gustosos aquel honor a los castellanos, para que claramente se vea, que no apetecieron entonces, como ni ahora mandar fuera de su casa.

Pero como quiera que apartándose de aquel antiguo ejemplar, se uniese el Consejo de Aragón al de Castilla, se reconoce por las razones insinuadas ser muy conveniente que haya en los seis ministros togados que había en el de Aragón, naturales de su Corona, para que bien instruidos entiendan en los negocios de Justicia, y Gobierno pertenecientes a aquellos Reinos; que haya dos en la Cámara, para las Provisiones y asuntos de Patronato; que haya algunos así Togados, como de Capa y Espada en el de Hacienda; y que después de haber servido las Secretarías y Escribanías de aquellas Audiencias, vengan a ser Secretarios de la Cámara y Escribanos del Consejo.

Mas si en el Consejo Real no hay más de un Ministro natural de la Corona de Aragón, ninguno en la Cámara, y ninguno en el de Hacienda; si ni el Escribano del Consejo, ni el Secretario de la Cámara, ni sus ocho oficiales, a excepción de dos recién elegidos, son naturales de aquellos Reinos, ¿cómo puede negarse el perjuicio de los particulares y del común?. ¿Cómo pueden ahora despacharse los negocios con la facilidad que antes?.

Muy versado estaba en el manejo de las Dependencias aquel que en año 1728, de R.O. trabajó un papel muy curioso para el arreglo de los archivos; y aunque persuadido que los castellanos deben mandar todos los Reinos de la Monarquía Española, no aprueba que estuviesen excluidos del gobierno de los de aquella Corona, con toda su ingenuidad, y su mucha experiencia le hicieron confesar: "que así por el práctico conocimiento que tenían los ministros, y Subalternos del Consejo de Aragón, como por el buen método con que se dirigían los negocios, eran moralmente seguros los aciertos; que los papeles pertenecientes a su Instituto estaban en mejor orden y custodia, que los de los demás tribunales de Castilla, por el cuidado grande que se tenía de remitir los de las dependencias evacuadas a los Archivos de Valencia, Barcelona y Zaragoza, a cuyas Audiencias pedía el Consejo las noticias de que necesitaba; añade que suprimido el consejo de Aragón, los papeles de las cuatro Secretarías se entregaron a un Escribano de Cámara y que en año de 1718 los de la Protonotaría en cincuenta cajones se enviaron a Simancas, cuya separación de los antiguos puede causar en lo futuro inconvenientes, sino se da providencia para evitarlos. Y llega a decir; que faltando hoy estos precisos e indispensables requisitos para el acierto, no pueden suplirlo toda la capacidad humana, ni el ardiente celo de los ministros que manejan los negocios".

Nadie pues, Señor, puede tener a mal, que nosotros digamos haber sido las resultas de aquella mudanza perjudiciales a la recta administración de justicia y al buen gobierno de los Reinos de la Corona de Aragón; ni puede extrañar, nuestra humilde representación los que sepan que los Reinos de Castilla pidieron en diferentes Cortes, que se dividieran con igualdad las plazas del consejo entre sus naturales; de modo que hubieran dos consejeros de Castilla la Vieja, dos de León, dos de Galicia, dos de Toledo, dos de Extremadura, y dos de Andalucía, lo que concedieron los señores Reyes de Castilla, juzgando ser tan justo, que en año de 1367 en las de Toro, el Señor Enrique II dijo: que esto mismo quería el demandar a sus Reinos.

Puede ser que esta Ley, como otras muy justas y provechosas no se haya observado con todo rigor; sin embargo vemos, que en el Consejo Real hay dos Ministros hijos de Galicia, dos de Asturias, dos de Navarra, cinco de Andalucía, y Murcia, catorce de otros Reinos de Castilla, y uno solo de los cuatro Reinos de la Corona de Aragón, y muerto, éste como V.M. no lo remedie, según las señas no habrá ninguno, pues acabamos de ver que de las tres plazas del Consejo que poco ha vacaron por muerte de dos aragoneses y un catalán, ninguna se ha dado a naturales de aquella Corona y uno solo fue consultado en segundo lugar.

No parece que la equidad y política dicten que todos los Reinos de España tengan hijos suyos en el Consejo, menos los de la Corona de Aragón, que son una tercera parte de ella. El Consejo de Aragón no se unió al de Castilla para que perdiendo el nombre, sus naturales perdieran el derecho a sus plazas. Habiéndose incorporado los ministros de aquel en este, parece que debían proseguir en igual número, y que habían de ser naturales de los Reinos de la Corona de Aragón el Fiscal, el Escribano, y el Secretario de la Cámara, que se añadieron al Consejo de Castilla después que se le unió el de Aragón. A nuestro parecer convendría mucho que juzgasen los pleitos que vienen al Consejo en segunda suplicación, o causa vivendi, unos Ministros que estuviesen desde sus primeros años versados en las Leyes Municipales de aquellos Reinos, según las cuales deben sentenciarse, y se sentenciaron en sus Audiencias. Gran consuelo, señor, tendrían aquellos fieles vasallos de V.M. pudiendo representarle por medio de sus paisanos las aflicciones que padecen. Y en el caso de venir a la Corte serian recibidos con el mayor agrado, y con la mayor brevedad despachados. Vemos que los hijos de otros Reinos empleados en esta Corte, son, como deben ser, los protectores de su Patria. ¡Solos los aragoneses han de quedar desamparados, han de tratarse como extranjeros!.

Parecerá de poca monta el perjuicio que causan los Corregidores y Alcaldes Mayores que van a aquellos Reinos, y realmente no lo es; porque un Alcalde Mayor ignorante, o codicioso es capaz de arruinar un pueblo; y por lo común pretenden estos empleos aquellos mismos, que según dijimos, van a las Residencias, y no pueden mantenerse con el ejercicio de Abogados, y por su gran pobreza van toda su vida de pueblo en pueblo para ganar la comida, y darla a su familia. ¡Cuan otras eran las circunstancias de los asesores en el antiguo gobierno!. Fácilmente se conseguiría dando las varas o asesorías a los naturales, con la esperanza de ascender a las Togas.

Si estas razones, Señor, prueban ser conveniente que los empleos seculares en aquellos Reinos, y en todos, se den a sus naturales, son más eficaces y de superior orden las que persuaden que los Obispados y beneficios de las Iglesias deben conferirse a sus propios clérigos, no con la mira a su bien particular y temporal, sino al bien común y espiritual de los cristianos vasallos de V.M.. Porque todas las dignidades eclesiásticas miradas a buena luz son cargas, no conveniencias. Los que las tienen, meros administradores de las Rentas que perciben, deben distribuirlas entre los pobres de sus Iglesias, contentándose con lo preciso para comer y vestir modestamente, y aún esto deben ganarlo trabajando en el cultivo de la viña del Señor, y en beneficio espiritual de aquellos mismos que trabajan corporalmente para alimentarlos; deben instruirlos con su doctrina y edificarlos con su ejemplo. Los Obispos, y demás clérigos que son como deben ser, bien conoce V.M. que jamás son demasiadamente ricos, pues distribuyen o restituyen a los necesitados lo que recibieron con esta obligación.

Estamos muy lejos de pensar, que no hay en cada provincia algunos, que llamados de Dios al estado eclesiástico cumplirán con sus obligaciones en cualquiera parte a que vayan; ni juzgamos que la Patria da a sus hijos las virtudes que se requieren para ser en ellas buenos clérigos. Pero no puede negarse, que aún cuando éstos faltando a su obligación dejan de socorrer a los pobres por enriquecer a sus parientes, en fin se queda en el pueblo el fruto que sacaron de sus vecinos. Fuera de que el ministerio eclesiástico es un ministerio de amor, y siendo natural el que mutuamente se amen los patricios, ciertamente en iguales circunstancias los clérigos del País tienen mejor disposición que los extranjeros para amar, instruir, y socorrer a sus paisanos, y para ser amados. Son muchos, doctísimos y castellanos los autores que han escrito diferentes libros para probar que sería muy conveniente que todos los beneficios fuesen patrimoniales, esto es, que se confieran a los hijos del lugar, según se practica en los Obispados de Burgos, Palencia y Calahorra. Esto mismo se propuso en el sagrado Concilio de Trento, con universal aceptación de aquellos santísimos padres. Y el Señor Rey don Alfonso el Sabio, conformándose con lo dispuesto por los emperadores Arcadio, y Honorio estableció en una Ley de sus Partidas, que los beneficios se presentasen a los hijos de la Iglesia, si los hubiese hábiles, y en su defecto a los que sean del Obispado. Las Leyes Canónicas, que ordenan se den hasta los Obispados a los clérigos de la Diócesis, o de la Provincia, por espacio de muchos siglos verdaderamente estuvieron en tal vigor y fuerza, que si alguna vez los clérigos, a quien pertenecía la elección de los obispos, las quebrantaban, los reprendían severamente los Sumos Pontífices, celadores exactos de aquella antigua loable disciplina.

A más de estas Leyes generales, hay otra especial, y más poderosa, que obliga a que en Cataluña, Valencia, y Mallorca sean obispo, y clérigos de sus Iglesias, los que nacieron y se criaron en aquellos Reinos. Porque según dijimos, en ellos se habla una lengua particular; y aunque en las ciudades y villas principales muchos entienden, y hablan la castellana, con todo los labradores ni saben hablarla, ni la entienden. En las Indias, cuyos naturales, según se dice, no son capaces del ministerio eclesiástico, los párrocos deben entender y hablar la lengua de sus feligreses, ¿y han de ser los labradores catalanes, y valencianos de peor condición que los Indios, habiéndose dado en aquellos Reinos hasta los curatos a los que no entendían su lengua?. Cuanto convendría que los Obispos, así en las Indias, como en España, no teniendo el don de lenguas que tuvieron los Apóstoles, hablaran la lengua de sus feligreses. El mismo juicio hacemos de todos los demás ministros de la Iglesia, cuyo espíritu no permite que sean inútiles al pueblo, para cuyo fin se instituyeron, como son los que no pueden instruirle. Y siendo los labradores los que con el sudor de su rostro principalmente mantienen a los obispos, y demás clérigos, y por consiguiente los que más derecho tienen a ser instruidos, ¿han de estar privados de la instrucción?. ¿Cuántas veces insta la necesidad de que una pobre mujer explique su aflicción, y se confiese con su propio obispo?. ¿Y ha de sufrir el rubor, y la pena de hablarle por intérprete?.

Atentos al mayor bien de la Iglesia, y con arreglo a sus santas y justas leyes, los Sumos Pontífices más celosos, aun de estos últimos siglos, prefirieron a los diocesanos en las provisiones de las dignidades eclesiásticas. Perteneciendo, pues, éstas a V.M. que tanto venera a la religión, y ama a sus pueblos, nos prometemos el consuelo que tuvieron nuestros mayores, de que sean Prelados y ministros de las Iglesias de los Reinos de la Corona de Aragón, los que habiendo dado a nuestra vista públicos testimonios de su virtud, y sabiduría, nos edifiquen con su ejemplo, y nos instruyan con su doctrina.

De propósito, Señor, hemos reservado para lo último de esta reverente representación las razones que persuaden ser útil al real servicio de V.M. que los empleos eclesiásticos, y seculares de los Reinos de la Corona de Aragón se den a sus naturales, porque quizá con el real servicio se armaría alguno para oponerse a nuestros deseos, y humildes súplicas. Lo primero que podría decir es, que no conviene fiar a los naturales de aquellos Reinos la defensa de las Regalías de V.M., porque quien excluya a nuestros paisanos de las Togas, y singularmente de las Fiscalías de aquellas Audiencias con el motivo de que los hombres generalmente hablando, no defienden bien en su propia patria los reales derechos, por consecuencia habrá de confesar, que ninguno podrá tener estos empleos en los Tribunales de la Provincia en qué ha nacido.

Si es, porque los naturales de aquellos Reinos estudian libros, y principios opuestos a la Regalía, habrá olvidado, o tal vez ignore, que los señores Reyes de Aragón, y sus Consejeros fueron mucho más celosos de la real autoridad, que los de Castilla. En ninguna parte de España estuvo tan limitada la inmunidad, y jurisdicción eclesiástica, y tan dilatada la real potestad económica y gubernativa como en aquellos Reinos. Por esto el glorioso padre de V.M. poco después de haber derogado aquellos Fueros y Leyes, mejoró, o explicó su RD., declarando que no se entendieran derogados por lo perteneciente a las materias y personas eclesiásticas, sino que subsistieran, y se observaran como antes sin la menor novedad. Y por lo mismo quiso que en aquellas Audiencias hubiera algunos ministros nacionales, que bien instruidos en las leyes antiguas cuidaran de mantener en esta parte inviolable su observancia. Esto, no obstante, como los hombres, según dijimos, piensan que el gobierno, y todas las cosas de su tierra, son las mejores, los ministros de V.M. no hallaron poco ha inconvenientes en que los ordinarios eclesiásticos de aquellos Reinos tengan y ejerzan la misma jurisdicción que en Castilla.

Lo segundo que podría decirse es, que para administrar bien la justicia, es necesaria una gran imparcialidad, la cual se halla más fácilmente en los forasteros, que en los naturales. Pero este argumento fuera de que no comprende a los ministerios eclesiásticos, que son de amor y caridad, si algo prueba, prueba que nadie debe ser Juez en su Provincia. Nos hacemos cargo de que hay una ley real que dispone, que nadie sea Corregidor, y Alcalde de un lugar, que no diste ocho leguas del suyo, pero aquellos Reinos tienen bastante extensión para que se puedan dar los Corregimientos y Alcaldías a sus naturales, sin que se quebrante esta Ley que frecuentemente se ha dispensado.

Y a la verdad, señor, lo que importa es que los jueces sean justos, y la experiencia enseña, que lo pueden ser los naturales honrados, y ricos; ni puede dudarse que son más temibles los perjuicios que se siguen de que se hagan a aquellos Reinos a administrar la justicia unos pobres de las circunstancias que dijimos.

Se discurrió que convendría la distribución reciproca de los empleos, entre los españoles sin respeto a que hubiesen nacido en ésta o en la otra Provincia, para conciliar, y unir los ánimos de todos, y asegurar más la pública quietud, y el real servicio. En verdad no hubiéramos tenido motivo de sentimiento si se hubieran distribuido los premios con igualdad, y del modo que el señor Felipe V creyó sería ventajoso a sus vasallos de la Corona de Aragón, habilitados para los empleos de Castilla, de que estaban excluidos. Pero como no ha sucedido así, como los naturales de aquellos Reinos privados de los empleos que antes tenían en ellos, han sido efectivamente excluidos de los de Castilla; del mismo modo que lo eran antes, no han conseguido el favor, y la ventaja que se propuso el piadoso justo padre de V.M. y nos hallamos en la triste necesidad de manifestar nuestra desgracia, implorando vuestra real clemencia.

Para que se desatiendan nuestras humildes súplicas, tal vez dirá alguno, que son contrarias a la suprema absoluta libertad que compete a V.M. en las elecciones de los empleos, sin considerar que no pierde la libertad de entrar, y salir de un cuarto quien cierra la puerta, quedándose con la llave para abrirla cuando, y como quiera. La real soberana justa voluntad de V.M. es la única llave que abre la puerta de los premios a los dignos, y la cierra a los que no lo son: es la ley que admite a aquellos, y excluye a éstos. Siendo vasallos de V.M. y siendo dignos tienen abierta la puerta, y V.M. libre, y justamente introduce por ella a los más dignos. Si V.M. llega a comprender que los naturales de la Corona de Aragón, verdaderamente dignos pueden en sus empleos servir con mayor utilidad que otros a la Iglesia, y al Estado, y se sirve manifestar ser su voluntad que sean atendidos, ¿por donde se priva de la libertad en las elecciones? No parece, Señor, que defenderían vuestra suprema libertad los que excluyesen de los empleos a los naturales de la Corona de Aragón, ni debe culparse que pidamos humildemente a V.M. lo mismo que trocada la suerte perderían los naturales de la Corona de Castilla. Si por ventura los de la de Aragón tuvieran todos los empleos de sus cuatro Reinos, y la mayor parte de los de Castilla, ¿no clamarían justicia, y con razón, los Castellanos?. ¿Pues, por qué no hemos de pedirla nosotros a V.M que tanto la ama, y suplicarle rendidamente que se sirva establecer una providencia fija, que asegure la más justa igual distribución de los premios, entre los vasallos beneméritos de todos sus reinos?. Señor, nosotros no sólo sujetamos nuestra voluntad a la soberana de V.M., sino también nuestro juicio a su superior comprensión ciñéndose nuestros deseos y súplicas a que un Rey dispense a los naturales, y Reinos de su Corona de Aragón aquellas gracias que comprenda ser equitativas, y útiles a su real servicio, y al bien común, si merecemos la dicha de que V.M. pase los ojos por esta humilde representación, confiamos que conociendo V.M. que los naturales de aquellos Reinos han sido menos atendidos en la distribución de los premios, de lo que su glorioso padre quiso que lo fuesen, y de lo que al parecer correspondía a su número, y a su mérito, se servirá conferirles los empleos que obtuvieron de la benignidad de sus augustos progenitores, disponiendo que los Regidores de las ciudades y villas de aquellos Reinos sean naturales del país, y que para su nombramiento se pidan informes a los Ayuntamientos; que en el Consejo Real haya los seis ministros, que hubo en el Supremo de Aragón; en la Real Cámara dos de éstos, que conocedores de el mérito de sus paisanos consulten a V.M. los que sean más dignos; que de las Secretarias de aquellas Audiencias y Ayuntamiento asciendan algunos para las Secretarias de los Consejos, Tribunales y Juntas, y Oficinas de esta Corte. Los naturales Ministros de sus Audiencias enterados de las Regalías que a V.M. competen, sabrán defenderlas, y versados en sus antiguas leyes municipales podrán administrar la Justicia con arreglo a ellas. Y siendo de superior orden las razones que persuaden sean preferidos los naturales en la provisión de las dignidades, y pensiones eclesiásticas, esperamos que V.M. ha de atenderlos. Así los jóvenes de honor estimulados con la esperanza del premio se aplicarán al estudio práctico de la Jurisprudencia, y sirviendo con integridad, y celo, los Corregimientos, Alcaldías, o Asesorías, merecerán que V.M. los ascienda a sus Audiencias y Consejos. Así doblándose la aplicación al estudio de la Teología y Cánones, tendrán aquellas Iglesias Prelados y clérigos que nos entiendan y nos instruyan.

Comprendiendo V.M. que ha de contribuir a la felicidad de aquellos Reinos el que tengan como tuvieron en los siglos pasados Diputados en la Corte, que los representen, y miren por el real servicio, y bien común de sus pueblos, se servirá disponer, que los tenga cada uno de aquellos Reinos, y que se mantengan con los tributos generales, que impuestos para este fin se cobran de los eclesiásticos y seculares; y que sustituyendo las antiguas visitas en lugar de las Residencias, se renueven las loables costumbres, y leyes económicas que en nada se oponen a la real autoridad y observadas conducen para que aquellos naturales, gobernados como sus padres, puedan como ellos aplicados a la agricultura, a las fábricas, armas, y letras, ser igualmente útiles, a su patria y a V.M.

En fin, Señor, el glorioso padre de V.M. puesto con la espada en la mano al frente de sus ejércitos, no pudo examinar por sí mismo el nuevo gobierno que mandó establecer en aquellos Reinos. Quedó imperfecta esta gran obra de que depende su verdadera felicidad; y Dios ha destinado a V.M. para que con su soberana inteligencia, y heroico celo, la perfeccione. Así lo esperamos, deseando que el cielo llene de bendiciones a V.M., a su augusta real familia, y a todos sus fieles dichosos vasallos.